Boletines/Magdalena
Decreto Nº 491/20
Magdalena, 01/06/2020
Visto
Las actuaciones del expediente Letra T Número 460/2020 mediante las cuales TRICERRI JORGE OMAR – CUIT 20-05218799-1, Legajo Municipal Nº 60963, solicita la anexión de los rubros VENTA DE ARTÍCULOS ESCOLARES – LIBRERÍA – BAZAR – ZAPATILLERÍA – JUGUETERÍA – ALMACEN – PERFUMERÍA – MERCERÍA – KIOSCO - REGALERÍA al comercio habilitado con el rubro POLIRRUBRO, mediante Resolución de fecha 01 de octubre de 2004, ubicado en calle Brenan 1168 de la ciudad de Magdalena; y
Considerando
Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtud de haberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Por todo ello
el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones
DECRETA
Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, la anexión de los rubros VENTA DE ARTÍCULOS ESCOLARES – LIBRERÍA (Código de actividad 62400-02) – BAZAR - REGALERIA (Código de actividad 62300-05) – ZAPATILLERÍA (Código de actividad 62200-04) – JUGUETERÍA (Código de actividad 62300-09) – ALMACEN (Código de actividad 62100-06) – PERFUMERÍA (Código de actividad 62500-02) – MERCERÍA – (Código de actividad 62200-01) - KIOSCO (Código de actividad 62900-01), al comercio cuya actividad es POLIRRUBROS, propiedad de TRICERRI JORGE OMAR – CUIT 20-05218799-1, Legajo Municipal Nº 60963, sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Manzana 232, Parcela 5, Subparcela 3, Partida Inmobiliaria Nº 28.241 ubicado en calle Brenan 1168 de la ciudad de Magdalena.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendada por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.
Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al registro municipal y archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno