Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 766/2020
Trenque Lauquen, 01/06/2020
0766-20 Ajuste de Valores Servicios Públicos - Obras - Julio 2020
Visto
Le necesidad de ajustar los valores de los diferentes servicios públicos que la Municipalidad de Trenque Lauquen ejecutó, y;
Considerando
Que en las diferentes ordenanzas de obras públicas en relación a: gas, alumbrado peatonal y sodio, cloacas, cordón cuneta y pavimento se contemplan diferentes fórmulas de ajustes de las obras convenidas con los frentistas.
Que el Departamento Ejecutivo ha solicitado al Secretario de Obras y Servicios Públicos realice un estudio de los costos de cada uno de los servicios, a fin de ser aplicados en las diferentes normativas de la comuna.
Que en las diferentes ordenanzas los valores establecidos se encuentran sujetos a la legislación vigente en la materia y las variaciones de costos que en más o en menos se produzcan según prorrateos en las cuotas no devengadas.
Que numerosos vecinos solicitan nuevas o ampliaciones de obras, por lo cual es necesario establecer un costo de las mismas por metro lineal, a fin de que tomen conocimiento su valor y al mismo tiempo las correspondientes adhesiones.
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTICULO 1º.- A partir del 1° de Julio de 2020 se aplicarán los siguientes valores establecidos para las diferentes obras públicas de la Municipalidad de Trenque Lauquen, que se encuentran sujetas a la legislación vigente en la materia y a las variaciones del costo en más o en menos que se produzcan según los prorrateos realizados por la Subsecretaría de Servicios Públicos, a fin de ser aplicadas en las cuotas no devengadas y futuras por los contribuyentes.-
ARTICULO 2º.- ALUMBRADO PEATONAL: 10 columnas por acera. Se establece como costo de la obra $ 3.972,00 (Pesos TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS CON 00/100) por metro lineal. Cuando se procede a retirar las columnas altas se produce una bonificación, quedando como valor de $ 3.847,00 (Pesos TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 00/100).-
ALUMBRADO PEATONAL LED: 10 columnas por acera. Se establece como costo de la obra $ 6.274,29 (Pesos SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 29/100) por metro lineal. Cuando se procede a retirar las columnas altas se produce una bonificación, quedando como valor de $ 6.105,55 (Pesos SEIS MIL CIENTO CINCO CON 55/100).-
ARTICULO 3º.- ALUMBRADO PEATONAL: 5 columnas por acera. Se establece como costo de la obra $ 3.105,69 (Pesos TRES MIL CIENTO CINCO CON 69/100) por metro lineal. Cuando se procede a retirar las columnas altas se produce una bonificación, quedando como valor de $ 2.937,59 (Pesos DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE 59/100).-
ALUMBRADO PEATONAL LED: 5 columnas por acera. Se establece como costo de la obra $ 4.118,83 (Pesos CUATRO MIL CIENTO DIECIOCHO CON 83/100) por metro lineal. Cuando se procede a retirar las columnas altas se produce una bonificación, quedando como valor de $ 3.950,73 (Pesos TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA CON 73/100).-
ARTICULO 4º.- ALUMBRADO A GAS DE SODIO: Se establece como costo de la obra por columna $ 63.702,86 (Pesos SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS DOS CON 86/100).-
ALUMBRADO LED: Se establece como costo de la obra por columna $ 70.175,24 (Pesos SETENTA MIL CIENTO SETENTA Y CINCO CON 24/100).-
ARTICULO 5º.- RED CLOACAL: Se establece como costo de la obra pesos $ 3.254,49 (Pesos TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 49/100) por metro lineal.-
ARTICULO 6º.- Se establece como costo de la obra:
CORDÓN CUNETA: $ 3.241,17 (Pesos TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 17/100) por metro lineal. -
CORDÓN SIMPLE: $ 1.777,58 (Pesos UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE CON 58/100) por metro lineal.-
ARTICULO 7º.- PAVIMENTO: Se establece como valor actual al metro cuadrado de pavimento de $2.550,24 (Pesos DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA CON 24/100).-
Ordenanza 2635/05: el valor establecido del prorrateo solidario resulta de la aplicación del artículo 5° de dicha Ordenanza, multiplicando por la totalidad de metros cuadrados del pavimento dividido por la totalidad de los metros cuadrados del terreno y por la cantidad de 180 cuotas. La variación de costo de las cuotas no devengadas y futuras resultará de la aplicación del artículo de esta norma, siendo el valor de $ $ 2.550,24 (Pesos DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA CON 24/100) el metro cuadrado de pavimento y $ 3.241,17 (Pesos TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 17/100) por metro lineal de cordón cuneta.
ARTICULO 8º.- GAS: Se establece como costo de la obra $ 3.180,38 (Pesos TRES MIL CIENTO OCHENTA CON 38/100) el metro lineal. El pago al contado tiene una bonificación del 15% quedando $ 2.703,32 (Pesos DOS MIL SETECIENTOS TRES CON 32/100), mientras que los que lo hagan en tres (3) cuotas no recibirán ajustes ni descuento alguno. El plazo máximo establecido por la Ordenanza 136/89 es de cuarenta y ocho cuotas y para este caso se pueden producir actualizaciones. No incluye la válvula de servicio.-
ARTICULO 9º.- AGUA CORRIENTE: Se establece como costo de la obra $ 1.894,80 (Pesos UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 80/100) por metro lineal. No incluye la provisión del servicio, el que será cobrado de acuerdo a la Ordenanza Fiscal.-
ARTICULO 10°.- Comuníquese, notifíquese, regístrese y cumplido archívese.-
Cdor. Alfredo Luis ZAMBIASIO
Secretario de Administración
y Gestión Tributaria
Dr. Miguel Ángel FERNÁNDEZ
Intendente Municipal de Trenque Lauquen