Boletines/Hipólito Yrigoyen

Ordenanza Nº65/2020

Ordenanza Nº 65/2020

Hipólito Yrigoyen, 20/11/2020

VISTO: El expediente municipal N° 4057-1050/2020 elevado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se solicita la autorización para propiciar la reprogramación de las deudas contraídas con el Estado Provincial en el marco del “Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal”, establecido en el Decreto Provincial N° 264/20, ratificado por la Ley N° 15.147 y artículo 1° de la Ley N° 15.182, la Resolución N° 435/20 del Ministerio de Hacienda y  Finanzas de la Provincia.

CONSIDERANDO: Que el Estado Nacional ha declarado a través del Decreto N° 260/2020 y su modificatorio, la ampliación de la emergencia  pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de  UN (1) año;

Que, por su parte, la provincia de Buenos Aires a través del Decreto N° 132/2020, ratificado por la Ley N° 15.174, declaró el estado de emergencia sanitaria en la Provincia, por el término de 180 días a partir de su dictado, a tenor de la enfermedad por el nuevo coronavirus (COVID-19), invitándose  a los poderes Legislativo y Judicial, y a los Municipios, a acompañar los términos de la mencionada norma;

Que asimismo la provincia de Buenos Aires por intermedio del Decreto N° 264/2020 ha creado el “Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal” con el objetivo de dotar de mayores recursos y menguar el impacto financiero en los municipios en el marco de la emergencia mencionad, mediante ayudas financieras reembolsables sin costo de financiamiento, con vistas a garantizar el pago de los sueldos de los trabajadores y trabajadoras municipales;

Que atento al aplazamiento de la emergencia aludida, frente a la continuidad de los condicionamientos financieros que dieron lugar al dictado del Decreto N°264/2020 en el marco de la Ley N° 15.181 y mediante Resolución N° 435/2020 del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia, debiendo el municipio acogerse a las nuevas condiciones;

Que las necesidades financieras del municipio para este ejercicio hacen que la citada Reprogramación de Deudas productos del Decreto N° 264/2020 en el marco de la Ley N° 15.181 y mediante Resolución N° 435/2020 del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia, debiendo el municipio acogerse a las nuevas condiciones.

Que las necesidades financieras del municipio para este ejercicio hacen que la citada reprogramación sea de utilidad para aliviar las cuentas municipales difiriendo los vencimientos de las cuotas de amortización para los ejercicios futuros;

Que esta posibilidad liberará recursos para atender otras finalidades actuales en el marco de la continuidad de la pandemia;

Que en ese contexto, el día 20 de agosto de 2020, el Departamento Ejecutivo ha suscripto y enviado nota al Ministerio de Hacienda y Finanzas acogiéndose a la reprogramación dispuesta por la normativa mencionada;

Que en función de las excepciones estipuladas en el artículo 1° de la Ley N° 15.181, se ha procedido a cumplimentar lo estipulado en las Leyes N° 12.462 y N° 13.295 y modificatorias, obteniéndose informes y evaluaciones favorables a lo peticionado;

Según lo prescripto por el artículo 193 de la Constitución Provincial se determina el rol que debe cumplir este Honorable Concejo Deliberante en asamblea de mayores contribuyentes:

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE HIPÓLITO YRIGOYEN EN USO DE LAS  ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE  ORDENANZA

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°)- CONVALÍDENSE los Decretos Municipales N° 411/2020 y 493/2020 por los cuales se solicitó las asistencias financieras a la Provincia de Buenos Aires en el marco del “Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal” creado por el Decreto N° 264/2020 y ratificado por Ley N° 15.175.-

 

ARTÍCULO 2°)- AUTORIZAR la reprogramación de las deudas municipales generadas en el marco del Decreto N° 264/2020, por la suma de PESOS TRECE MILLONES NOVECIENTOS MIL ($13.900.000).-

 

ARTÍCULO 3°)- La reprogramación autorizada en el artículo precedente tendrá las siguientes condiciones financieras:

  1. TOTAL DE LA DEUDA MUNICIPAL ALCANZADA: suma de pesos TRECE MILLONES NOVECIENTOS MIL ($13.900.000)
  2. PLAZO DE GRACIA: hasta el 31 de diciembre de 2020.
  3. PLAZO DE DEVOLUCIÓN, VALOR Y PERIODICIDAD DE LAS CUOTAS: de 18 meses, en cuotas mensuales, iguales y consecutivas de pesos SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL VEINTIDOS CON 22/100 desde el mes de enero de 2021| hasta el mes de junio de 2022.-
  4. MEDIO DE PAGO Y GARANTÍA: los recursos que le corresponda  percibir a este municipio en virtud del Régimen de Coparticipación Municipal de impuestos establecido por la Ley N° 10.559, sus modificatorias y complementarias, o el régimen que en el futuro lo sustituya o reemplace.-

 

ARTÍCULO 4°)- Aféctense, en favor de la provincia de Buenos Aires, los recursos que le corresponda percibir a este municipio en virtud del Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos establecido por la Ley N° 10.599, sus modificatorias y complementarias, o el régimen que en el futuro lo reemplace, como medio de pago y garantía de la deuda reprogramada.-

 

ARTÍCULO 5°)- El Departamento Ejecutivo proveerá en los presupuestos futuras las partidas necesarias para atender la cancelación total de la Reprogramación de Deudas Municipales generadas en el marco del Decreto N°264/2020.-

 

ARTÍCULO 6°)- Gírese la presente y desde intervención que corresponda a los organismos y/o las reparticiones provinciales y/o nacionales conforme lo establecido en la legislación vigente.-

 

ARTÍCULO 7°)- Comuníquese, Regístrese, Publíquese y cumplido Archívese.-

 

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE HIPOLITO YRIGOYEN A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.-

 

          Dra. Victoria Toledo                                                                      Adriana  García   

  Secretaria HCD                                                                    Presidente HCD