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Decreto Nº1803/2020

Decreto Nº 1803/2020

Quilmes, 31/08/2020

Visto

el expediente N°4091-5758-D-2020, iniciado por el Sr. Secretario de Ia
Secretaria de Servicios Publicos de Ia Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto es
Ia contratacion del servicio de mantenimiento y/o reparacion de vehiculos
pertenecientes a Ia Secretaria de Servicios Publicos;

Considerando

Que Ia Secretaria de Servicios Publicos solicita Ia
contratacion del servicio de reparacion y/o mantenimiento de vehiculos
pertenecientes a la misma, bajo Ia modalidad de compra excepcional del
articulo 156 inciso 6° de Ia Ley Organica de las Municipalidades (Decreto-Ley
N°6.769/58 y modificatorias vigentes );
Que fundamenta tal peticion, en virtud de "(...) la urgente
necesidad de prestar un optimo y continuo servicio en el mantenimiento de vias
de comunicacion dentro del partido de Quilmes (..)"(conforme. fs. 3);
Que luce agregada Ia solicitud de pedido N° 1467 de fecha
06 de agosto del 2020;
Que obra registro de invitados a cotizar;
Que lucen agregados los pedidos de cotizacion a diferentes
proveedores y sus respectivas fichas;
Que se encuentra agregada Ia Comparacion de Ofertas de
fecha 13 de agosto del 2020;
Que obra Dictamen de la Subsecretaria de Asesoria Letrada
de Ia Municipalidad de Quilmes en el cual se concluye que no habria objeciones
tecnico juridicas para ejecutar Ia contratacion directa solicitada en el marco de
Ia normativa analizada (art. 156, inc. 6° L.O.M.);
Que Ia Ordenanza 12.606/16 declara Ia Emergencia en
materia de Infraestructura, Habitat, Vivienda y Servicios Publicos, Ia cual
adhiere a Ia Ley Provincial N° 14.812, prorrogada el dia 19 de diciembre de
2019 por el plazo de un atio a traves de Ia Ley Provincial N° 15.165 );
Que el articulo 2° de Ia citada Ordenanza autoriza
explicitamente al Departamento Ejecutivo a contratar Ia prestacion de los
servicios necesarios para hacer frente a Ia situacion de emergencia;
Que el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de
Administracion para las Municipalidades de [a Provincia de Buenos Aires en su
articulo 194 establece que: Compra Directa es procedente hasta el monto
que fija la Ley Organica Municipal o para los casos de excepciOn previstos en la
misma (articulos 151 y 156). La autoridad contratante procurara asegurarse por
los medios a su alcance, que el precio cotizado sea el mas conveniente de
plaza a la fecha de la contratacion.";
Que el articulo 156 de Ia Ley Organica de las
Municipalidades (Decreto-Ley N°6.769/58 y modificatorias vigentes) establece
excepciones a las previsiones determinadas respecto a licitaciones y concursos,
admitiendo compras y contrataciones directas en los casos de Ilia reparacion
de motores, maquinas, automotores y aparatos en general." (cfme. inc. 6° del
articulo citado);Que respecto del presupuesto de la empresa proveedora
IVECAM S.A, teniendo en consideracion las caracteristicas del producto y las
condiciones comerciales ofrecidas, resultaria, el valor corriente en plaza mas
conveniente en el mercado;
Que las excepciones establecidas para las licitaciones y
concursos de precio en este tipo de adquisiciones, no implica descuidar los
detalles de transparencia, seguridad juridica y responsabilidad que debe
imperar en Ia gestion de los bienes publicos;
Que el articulo 88 del Reglamento Municipal de Compras y
Suministros, hace referencia al procedimiento de contratacion directa, sin limite
de monto, cuando el caso encuadre dentro de las excepciones establecidas en
el articulo 156 de Ia Ley Organica de las Municipalidades (Decreto-Ley
N°6/69/58 y modificatorias vigentes);
Que el articulo 89 del mismo reglamento, establece los
requisitos, los cuales se encuentran cumplidos en los presentes;
Que el Reglamento de Contrataciones Compras y
Suministros de la Municipalidad de Quilmes, faculta a la Intendenta Municipal
para adjudicar o rechazar las contrataciones efectuadas por el Departamento
Ejecutivo;
Que el recurso utilizado sera proveniente de Ia Fuente de
Financiamiento 131 (Origen Municipal);
Que por razones de oportunidad, merito y conveniencia,
resulta necesario y razonable dictar el presente acto administrativo de
adjudicacion directa de contratacion de servicio de reparacion y/o
mantenimiento de vehiculos pertenecientes a la Secretaria de Servicios
Publicos;
Que el presente Decreto se dicta en use de las atribuciones
conferidas por el articulo 156 inciso 6° de la Ley Organica de las
Municipalidades (Decreto-Ley N°6.769/58 con modificaciones vigentes), articulo
194 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administracion para las
Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y los articulos 88 y 89 del
Reglamento de Contrataciones Compras y Suministros de Ia Municipalidad de
Quilmes; y
Por todo lo expuesto;

LA INTENDENTA MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO 1°: ADJUDICASE a la empresa proveedora "IVECAM S.A" CUIT:
30-56227129-1, el objeto de Ia Contratacion Directa consistente en el servicio
de reparacion y mantenimiento de vehiculos pertenecientes a la Secretaria de
Servicios Publicos, conforme a la Solicitud de Pedido N° 1467/2020, por un
monto total de pesos dos millones ochocientos cuarenta y cinco mil cien ($
2.845.100.-), IVA incluido, de conformidad a los valores presupuestados.-
ARTICULO 2°: DISPONESE que el presente gasto se imputara en el
Presupuesto de Gastos de la Administracion Central 111.00.00.000
Departamento Ejecutivo 111.01.74.00 en la Subjurisdiccion 

"Secretaria deServicios Publicos", Categoria Programatica 68.00.00, Fuente de
Financiamiento 131, correspondiendo a la Partida 3.3.2.0.-
ARTiCULO 3°: DISPONESE que el presente Decreto sera refrendado por el Sr.
Jefe de Gabinete.-
ARTICULO 4°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dese al registro
General y ARCHIVESE.-

    MAYRA S. MENDOZA                      LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO                        Dr. CLAUDIO H. CARBONE

            Intendenta                                               Jefe de Gabinete                                     Secretario Legal y Técnico

MUNICIPALIDAD DE QUILMES              MUNICIPALIDAD DE QUILMES                     MUNICIPALIDAD DE QUILMES 

 

 

              Ángel D. García 

Secretario de Servicios Públicos

MUNICIPALIDAD DE QUILMES

                                                                                             Cdra. ALEJANDRA S. PRIETO                                                   

                                                                                                      Secretaria de Hacienda          

 

DECRETO Nº 1803/2020