Boletines/Quilmes
Decreto Nº 1805/2020
Quilmes, 01/09/2020
Visto
el Expediente N°4091-27233-S-2017, donde a fojas 1 obra presentacion
por parte de Ia Secretaria de Salud, mediante Ia cual solicita se instruya
sumario administrativo a fin de determinar las probables responsabilidades
administrativas, en virtud de lo acontecido en el Instituto Municipal de Salud y
Medicina Preventiva "Dr. Ramon Carrillo", y
Considerando
Que a fojas 2 obra nota del Secretario de Salud, Maiztegui
Miguel Alberto, en la cual solicita inicio de sumario administrativo por Ia negativa
de asistencia a un paciente, hecho ocurrido Ia fecha del 14 de octubre de 2017
en Ia base del S.A.M.E. correspondiente al dispensario "Ramon Carrillo".
Que a fojas 3 obra la denuncia realizada ante Ia Comisaria
Tercera de Quilmes por el señor Espinosa Felix Ernesto.
Que a fojas 11 obra Dictamen N° 1067 de Asesoria Letrada,
por el que se considera conveniente el inicio de Ia investigacion sumarial por
deslinde de responsabilidades.
Que a fojas 12/13 obra resolucion del Departamento
Ejecutivo N° 1923, con fecha 20 de agosto del 2019, por el que se dispone el
inicio de sumario administrativo por deslinde de responsabilidades;
Que a fojas 15-16 obra resolucion de Ia Direccion de Asuntos
Penales y Sumarios, disponiendo el secreto de las actuaciones y la apertura a
prueba del tramite sumarial.
Que a fojas 17/40 se realiza Ia etapa probatoria de cargo
correspondiente a Ia instruccion sumarial;
Que a fojas 41 obra resolucion de Ia Subdireccion de
Sumarios, con fecha 5 de marzo de 2020, por Ia que, luego de un analisis
pormenorizado de las actuaciones y Ia prueba producida, sugiere se disponga
el Sobreseimiento Provisorio en los terminos del Articulo 74 — apartado tercero
inc. A) del Decreto N° 560/84.
Que a fojas 44 obra Dictamen de Firma Conjunta de Ia
Subdireccion de Dictamenes y Ia Subsecretaria de Asesoria Letrada en donde
comparten el criterio adoptado por el area de sumarios, por ende entiende
necesario que deberfa dictarse el correspondiente acto administrativo de estilo
por el cual se ordene el sobreseimiento provisorio de Ia accion sumarial en
cuestion.
Que conforme surge de Ia resolucion de Ia Subdireccion de
Sumarios y del dictamen de firma conjunta de Ia Subsecretaria de Asesoria
Letrada, y no existiendo motivos o causas suficientes para responsabilizar a
agentes municipales por el hecho investigado, toda vez que se habria tratado
de un desacuerdo provocado por el estado de nerviosismo del paciente y sus
acompañantes, lo que no configura falta administrativa alguna, resulta
razonable decretar el sobreseimiento provisorio conforme lo dispuesto por el
Articulo 74 apartado tercero inciso a) del Decreto N° 560/84 y sus
modificatorias; y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°: SOBRESEER PROVISORIAMENTE a los posibles
responsables de los hechos narrados en las presentes actuaciones, de acuerdo
a lo prescripto por el Articulo Art. 74 — apartado tercero - Inc. a) del Decreto
Municipal N° 560/84 y sus modificatorias, por los motivos invocados en los
considerandos precedentes.-
ARTICULO 2°: DESE traslado a Asesoria Letrada a sus efectos y
conocimiento a Ia Subdireccion de Sumarios.- Fecho, girese a Ia Secretaria
pertinente. Cumplido, procedase, a su reserva en Ia Subdireccion de Sumarios
hasta tanto se cumplan los terminos para Ia conversion del Sobreseimiento
Provisorio en Definitivo.-
ARTICULO 3°: DISPONESE que el presente decreto sera refrendado por el Sr.
Jefe de Gabinete.-
ARTICULO 4°:COMUNIQUESE a quienes corresponda, dese al registro
general, y ARCHIVESE.-
MAYRA S. MENDOZA LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO Dr. CLAUDIO H. CARBONE
Intendenta Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico
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DECRETO Nº 1805/2020