Boletines/Quilmes

Decreto Nº1899/2020

Decreto Nº 1899/2020

Quilmes, 10/09/2020

Visto

Ia Ley N° 14.656 de Ia Provincia de Buenos Aires, Ia Ley Organica de las
Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 con modificaciones vigentes), el
Convenio Colectivo de Trabajo N° 138/2016 de Trabajadores Municipales de
QuiImes y el EX-2020-98032-QUI-CGADPER#SDEYH; y

Considerando

Que por el expediente mencionado en el visto, se solicita la
Cesantia por abandono de cargo, para el agente Palacios, Jonatan Marcelo (Leg.
25.245), quien se desempelia en la Direccion General de Cementerio — Secretaria
de Servicios Publicos;
Que en orden 3, obra inforrne de la Direccion General de
Administracion de fecha 07 de septiembre de 2020, donde surge que el agente
fue debidamente notificado e intimado en fecha 19/08/2020 para que en el plazo
perentorio de 10 dies habiles presente ante esta Coordinacion General de
Personal por escrito y de manera fundada los motivos que justifiquen sus
inasistencias, toda vez que conforme surge de los registros de control de
asistencia emitido por la Direccion General de Administracion, el mencionado
agente registra las siguientes inasistencias: MAYO 2020: 18 al 31. JUNTO 2020: 1
al 30. JULIO 2020: 1 al 31. AGOSTO 2020: 1 al 12....", a tal efecto, se adjunta
copia de la CD026987833 remitida al Sr. PALACIOS, JONATAN MARCELO
donde se lo notifica de lo mencionado ut supra. Segun consta en los registros del
Correo Argentino y cuyo informe tambien se acompafia, Ia misiva fue notificada en
tiempo y forma;
Que en Orden 5, glosa Situacion de Revista emitida por la
Subdireccion de Analisis Organizacional de fecha 07 de septiembre de 2020, de la
cual se desprende que revista como Administrativo Clase III (Personal de Planta
Permanente), prestando servicios en la Direccion General de Cementerio —
Secretaria de Servicios Publicos;
Que en orden 7, luce Dictamen de Ia Subsecretaria de
Asesoria Letrada de fecha 08 de septiembre de 2020, donde se manifiesta que de
acuerdo al informe presentado surge que el agente Palacios fue debidamente
notificado e intimado en fecha 19.08.2020 para que en el plazo perentorio de 10
(diez) dies habiles presente ante Ia Coordinacion General de Personal por escrito
y de manera fundada los motivos que justifiquen sus inasistencias, toda vez que
conforme surge de los registros de control de asistencia emitido por Ia Direccion
General de Administracion, el mencionado agente registra las siguientes
inasistencias: MAYO 2020: desde el 18 al 31; JUNTO 2020: desde el 01 al 30;
JULIO 2020 desde el 01 al 31; AGOSTO 2020 desde el 01 al 12, adjuntandose a
tal efecto copia del despacho telegrafico N° CD026987833 remitido al Sr. Santos,
emanado por la comuna dando cuenta de la circunstancia descripta;
Que de las constancias del expediente se advierte que se
encuentra vencido el plazo para que el agente presentara su correspondiente
descargo, sin haber hecho use de su derecho;
Que con el alcance indicado, y adentrandose al analisis del
presente topico en cuestion, cabe referir que el Convenio Colectivo de Trabajo
Municipal (C.C.T.M.) en su art. 60 consagra cuales son las "obligaciones del
Trabajador" estableciendo que "...deben cumplir estricta e ineludiblemente las
siguientes obligaciones: ... a) Prestar los servicios en forma regular y continua,
dentro del horario...que se determine..." y por su parte, el art. 64, establece
"Podran sancionarse hasta con cesantia:...7. Inasistencias injustificadas
reiteradas que excedan de diez (10) dies discontinuos en los doce (12) meses
inmediatos anteriores, previa intimacion, notificada fehacientemente, a acreditar el
motivo de la inasistencia..." (en concordancia con arts. 103 y 107 inc. 6 Ley N°
14.656);Que atento lo expuesto, este Organo de Asesoramiento
Juridico advierte que conforme fuera señalado precedentemente, en fecha
19.08.2020 se le notifico a Ia agente para que en el plazo de 10 (diez) dias habiles
posteriores a su recepcion comparezca por ante la dependencia comunal
competente a presentar Ia correspondiente justificacion de sus inasistencias bajo
apercibimiento de decretarse su cesantia;
Que por ultimo, resulta insoslayable destacar que en virtud
de garantizar el debido proceso, se decidio otorgar un plazo de 10 (diez) dias para
Ia justificacion de sus asistencias, no recibiendo respuesta valida alguna por parte
de Ia agente;
Que en atencion al analisis efectuado, este Organismo
Asesor considera que el agente PALACIOS, Jonatan Marcelo (Legajo 25.245)
omitio dar cumplimiento a la obligacion establecida por Ia norma citada supra, no
presentando justificacion alguna a sus inasistencias. Por tanto, dicho
comportamiento se encontraria encuadrado dentro del denominado "abandono de
cargo";
Que por tal motivo, corresponderia ordenarse Ia cesantia del
trabajador, sin necesidad de sustanciaciOn de sumario, en atencion a haberse
cumplimentado con Ia intimacion fehaciente previa requerida por Ia norma
aplicable al caso en estudio;
Que consecuentemente, debera dictarse por parte del
Departamento Ejecutivo el pertinente acto administrativo de estilo (Convenio
Colectivo de Trabajo Municipal, arts. 60 y 64 inc. 7, en concordancia con arts. 103
y 107 inc. 6 Ley N° 14.656)";
Que en virtud de lo dictaminado por Ia Subsecretaria de
Asesoria Letrada corresponde dictar el acto administrativo correspondiente;
Que el presente Decreto se dicta en use de las atribuciones
conferidas por el articulo 107 y concordantes de Ia Ley Organica de las
Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
Por todo lo expuesto;

LA INTENDENTA MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO 1°: DEJASE CESANTE por abandono de cargo, conforme lo
establecido en los Articulos 60 y 64 inc. 7 del Convenio Colectivo de Trabajo N°
138/2016 de los Trabajadores de Ia Municipalidad de Quilmes (ccdtes. con arts.
103 y 107 inc. 6 Ley N° 14.656), al agente Palacios, Jonatan Marcelo (Leg. 25.245
- CUIL N° 20-34196410-6) — Administrativo Clase III — Jurisdiccion 01 —
Subjurisdiccion 74 — Programa 37, a partir del 10 de septiembre de 2020.-
ARTICULO 2°: El presente sera refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTICULO 3°: NOTIFIQUESE a Ia parte interesada en Ia Coordinacion General
de Administracion de Personal.-
ARTICULO 4°: COMUNIQUESE a quien corresponda, dese al Registro General y
ARCHIVESE.-

    MAYRA S. MENDOZA                      LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO                       

            Intendenta                                               Jefe de Gabinete                                 

MUNICIPALIDAD DE QUILMES              MUNICIPALIDAD DE QUILMES                    

 

DECRETO Nº 1899/2020