Boletines/Quilmes
Decreto Nº 1917/2020
Quilmes, 14/09/2020
Visto
el Expediente N° 4091-4864-D-2019 0, en el que la Direccion de
Asuntos Juridicos de Ia Municipalidad de Quilmes solicito se inicie investigacion
sumarial por deslinde de responsabilidades, en relacion a los autos "ACOSTA
ANGEL DAVID Y OTRO C/ EDESUR S.A. S/ DANOS Y PERJUICIOS (EXPTE
60056", en tramite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia N° 2 de la
Capital Federal; y
Considerando
Que, a fojas 1, obra nota de Ia Direccion de Asuntos
Juridicos dirigida a Asesoria Letrada a fin de solicitarle que tome intervencion y
dictamine si corresponde dar inicio a la investigacion sumarial por deslinde de
responsabilidades en relacion a los hechos que motivaran Ia causa mencionada
ut - supra.
Que, a fojas 2-31, obra copia de Ia demanda y su documental
de la que surge que el dia 7 de diciembre de 2014, y siendo las 20.30 horas, los
actores circulaban a bordo de una moto Honda 110 situacion en la que habrian
sufrido un accidente a consecuencia de que Ia zona se encontraba sin
electricidad ni iluminacion. En esa cuadra, aproximadamente a veinte metros de
la calle 836, se habrian derrumbado dos postes de luz, atravesando Ia calle de
lado a lado. La oscuridad habria provocado que el actor no se percatara de la
presencia de los postes y colisionara contra los mismos, impactando con el
torax y ocasionando un gran traumatismo que derivara en su fallecimiento a las
pocas horas.
Que, a fojas 32, obra dictamen n°'297 de Asesoria Letrada
considerando que deberia sustanciarse Ia correspondiente investigacion
sumarial por deslinde de responsabilidades, conforme surge de Ia nota de
presentacion y dernas antecedentes adunados.
Que, a fojas 33, obra Decreto N° 1352 de fecha 2 de julio de
2019, por el que se dispone el inicio del sumario administrativo por deslinde de
responsabilidades.
Que, a fojas 35, obra el auto de apertura a prueba y reserva
bajo secreto de las actuaciones dictado por la Subdireccion de Sumarios-
Departamento Sumarios.
Que a fojas 36-48 se realiza la etapa probatoria del
procedimiento sumarial.
Que a fojas 49-50 obra Resolucion de Ia Subdireccion de
Sumarios- Departamento Sumarios- en Ia que considera dar por finalizada la
instruccion por no existir elementos suficientes para Ia prosecucion de las
actuaciones, en virtud de lo normado en el Articulo 73 del Decreto N° 560/84.
Que, a fojas 51, mediante Dictamen de firma conjunta N° 177
de Ia Subsecretaria de Asesoria Letrada y la Subdireccion de Dictamenes por la
que se comparte eI criterio adoptado por el area de Sumarios, considerando
necesario el dictado del correspondiente acto administrativo de estilo por el cual
se ordene la culminacion del procedimiento sumarial en cuestion; y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°: DISPONER LA CONCLUSION DEL SUMARIO tramitado en el
expediente N° 4091-4864-D-2019 por carecer de elementos suficientes para
disponer la prosecucion del mismo, de acuerdo a lo normado por el Articulo 73
del Decreto N° 560/84 y sus modificatorios, en merito a lo expresado en
considerandos precedentes.-
ARTICULO 2°: DESE traslado a Asesoria Letrada, a sus efectos y
conocimiento a la Subdireccion de Sumarios.- Fecho, girese a la Secretaria
pertinente.
ARTiCULO 3°: El presente decreto sera refrendado por el Sr. Jefe de
Gabinete.-
ARTiCULO 4°:COMUNIQUESE a quienes corresponda, dese al Registro
General y ARCHIVESE.-
MAYRA S. MENDOZA LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO Dr. CLAUDIO H. CARBONE
Intendenta Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico
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DECRETO Nº 19117/2020