Boletines/Quilmes
Decreto Nº 1934/2020
Quilmes, 14/09/2020
Visto
Ia Ley Organica de las Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 con
modificaciones vigentes), el Decreto-Ley 9.650/1980 (texto ordenado aprobado
por Decreto N° 600/94, y las modificaciones introducidas con posterioridad por
las Leyes Nros. 11562, 12150, 12302, 12.634, 12.750 y 12.867), Ia Ley N°
12.950 (con modificaciones introducidas por la Ley N° 13.547), la Ley Provincial
N° 14.656, el Decreto Provincial N° 476/81, el Convenio Colectivo de Trabajo N°
138/2016 de los Trabajadores de la Municipalidad de Quilmes y el EX-2020-
00098277- -QUI-CGADPER#SDEYH; y
Considerando
Que el agente Britez, Roberto (Leg. 7.892), quien se
desempeña en Ia Direccion de Base Operativa La Paz, dependiente de
Direccion General de Descentralizacion Operativa - Secretaria de Servicios
Publicos, reune los requisitos necesarios para acogerse a la Jubilacion
Ordinaria, conforme lo determinado en el articulo 24 del Decreto-Ley
9.650/1980, el articulo 20 del Decreto Provincial N° 476/81 reglamentario del
citado Decreto-Ley 9.650/1980 (T.0.), la ley Provincial N° 14.656 y el Convenio
Colectivo de Trabajo N° 138/2016 de los Trabajadores de Ia Municipalidad de
Quilmes;
Que el agente antes mencionado cumple con los recaudos
necesarios para Ia obtencion de Ia Jubilacion Ordinaria que establece el articulo
24 del ya mencionado Decreto-Ley 9.650/1980;
Que el presente Decreto se dicta en use de las atribuciones
conferidas por el articulo 107 y concordantes de Ia Ley Organica de las
Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°:DISPONESE Ia baja a partir del 1° de noviembre de 2020, en el
cargo de Obrero III- Jurisdiccion 01 — Subjurisdiccion 74 — Programa 29, a los
efectos de acogerse a la Jubilacion Ordinaria, del agente Britez, Roberto (Leg.
7.892 - CUIL N° 20-14515061-3 — Fecha de nacimiento: 12 de octubre de 1960)
— Fecha de Ingreso: del 1° de noviembre de 1982 al 1° de noviembre de 2020 —
Antiguedad Municipal: 38 años.-
ARTICULO 2°:De conformidad con lo establecido en el Articulo 1° de Ia Ley N°
12.950, el mencionado agente percibira el sesenta por ciento (60%) de su
remuneracion mensual, sin prestacion de servicios, como anticipo jubilatorio
reintegrable por la Municipalidad de Quilmes, hasta tanto se haga efectivo el
pago de su prestacion previsional y sera deducido al momento de efectuarse Ia
Iiquidacion de los retroactivos correspondientes.-
ARTICULO 3°:DISPONESE el pago a favor del agente Britez, Roberto (Leg.
7.892), de una retribucion especial sin cargo de reintegro, equivalente a seis (6)
mensualidades de acuerdo con lo determinado en el Articulo 24, Inc. f), 2°
Offal° del Convenio Colectivo de Trabajo N° 138/2016 de los Trabajadores de
Ia Municipalidad de Quilmes (concordante con el Art. 72 Inc. f), parrafo 2° de Ia
Ley Provincial N° 14.656).-
ARTICULO 4°: NOTIFIQUESE a Ia parte interesada en Ia Coordinacion General
de Administracion de Personal.-
ARTICULO 5°:EI presente sera refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTICULO 6°:COMUNIQUESE a quien corresponda, dese al Registro General
y ARCHIVESE.-
MAYRA S. MENDOZA LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO
Intendenta Jefe de Gabinete
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DECRETO Nº 1934/2020