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Decreto Nº1955/2020

Decreto Nº 1955/2020

Quilmes, 16/09/2020

Visto

Ia Ley Organica de las Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 con
modificaciones vigentes), el Decreto-Ley 9.650/1980 (texto ordenado aprobado
por Decreto N° 600/94, y las modificaciones introducidas con posterioridad por
las Leyes Nros. 11562, 12150, 12302, 12.634, 12.750 y 12.867), la Ley N°
12.950 (con modificaciones introducidas por la Ley N° 13.547), la Ley Provincial
N° 14.656, el Decreto Provincial N° 476/81, el Convenio Colectivo de Trabajo N°
138/2016 de los Trabajadores de Ia Municipalidad de Quilmes y el EX-2020-
00101274- -QUI-CGADPER#SDEYH; y

Considerando

Que el agente Ojeda, Orlando Roberto (Leg. 25.141), quien
se desempeña en la Direccion de Base Operativa Solano, dependiente de
Direccion General de Descentralizacion Operativa - Secretaria de Servicios
Publicos, reune los requisitos necesarios para acogerse a la Jubilacion por
Edad Avanzada, conforme lo determinado en el articulo 35 y concordantes del
citado Decreto-Ley 9.650/1980 (T.O.), el articulo 20 del Decreto Provincial N°
476/81 reglamentario del citado Decreto-Ley 9.650/1980 (T.O.), la ley Provincial
N° 14.656 y el Convenio Colectivo de Trabajo N° 138/2016 de los Trabajadores
de Ia Municipalidad de Quilmes;
Que el agente antes mencionado cumple con los recaudos
necesarios para la obtencion de Ia Jubilacion por Edad Avanzada que establece
el articulo 35 del ya mencionado Decreto-Ley 9.650/1980.-
Que el presente Decreto se dicta en use de las atribuciones
conferidas por el articulo 107 y concordantes de Ia Ley Organica de las
Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
Por todo lo expuesto;

LA INTENDENTA MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO 1°: DISPONESE la baja a partir del 1° de noviembre de 2020, en el
cargo de Obrero IV, imputado en la Jurisdiccion 01 — Subjurisdiccion 74 —
Programa 29, a los efectos de acogerse a la Jubilacion por Edad Avanzada, del
agente Ojeda, Orlando Roberto (Leg. 25.141 - CUIL N° 20-11655590-6 — Fecha
de nacimiento: 05 de octubre de 1955) — Fecha de Ingreso: del 02 de enero de
2008 al 1° de noviembre de 2020 — Antiguedad Municipal: 12 años y 10 meses.-
ARTICULO 2°: De conformidad con lo establecido en el Articulo 1° de la Ley N°
12.950 (con modificaciones introducidas por la Ley N° 13.547), el mencionado
agente percibira el treinta y siete coma ocho por ciento (37,8%) de su
remuneracion mensual, sin prestacion de servicios, como anticipo jubilatorio
reintegrable por Ia Municipalidad de Quilmes, hasta tanto se haga efectivo el
pago de su prestacion previsional y sera deducido al momento de efectuarse la
liquidacion de los retroactivos correspondientes.-
ARTICULO 3°: NOTIFIQUESE a la parte interesada en la Coordinacion General
de Administracion de Personal.-
ARTICULO 4°: El presente sera refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTICULO 5°: COMUNiQUESE a quien corresponda, dese al Registro General
y ARCHIVESE.-

    MAYRA S. MENDOZA                      LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO                 

            Intendenta                                               Jefe de Gabinete                                  

MUNICIPALIDAD DE QUILMES              MUNICIPALIDAD DE QUILMES       

 

DECCRETO Nº 1955/2020