Boletines/Quilmes
Decreto Nº 1969/2020
Quilmes, 16/09/2020
Visto
el expediente 4091-563-A-2020; iniciado por la empresa ANIVER S.A.,
cuyo objeto es la solicitud de autorizacion para la ejecucion de Obras de
Extension de Red de Gas Natural en el inmueble sito en calle 314 BIS N° 3651
de Ia localidad de Quilmes, partido de Quilmes, cuya nomenclatura catastral es
Circunscripcion: Ill, Secci6n: H, Manzana: 23 A, Parcela: 5, del Partido de
Quilmes; y
Considerando
Que la empresa ANIVER S.A., CUIT N° 30-59571445-8,
contratada por el Sr. Enrique De Yurka —DNI N° 7.340.361-, solicito la
autorizacion para la ejecucion de una Obra de extension de Redes de Gas
Natural en el inmueble citado;
Que Ia Ordenanza N° 4244/75 establece que la solicitud
debe estar acompañada del contrato suscripto entre Ia empresa y la Comision
Representativa, del formulario en donde consta Ia nomenclatura catastral de las
parcelas con frente a la obra y los datos personales de los propietarios
adherentes junto con su conformidad a Ia realizacion de la obra; encontrandose
dichos requisitos debidamente cumplimentados en el expediente;
Que la empresa ha presentado el proyecto de Metrogas N°
QU-003056-REVO0 de conformidad con el articulo 5° de la Ordenanza N°
4244/75;
Que la obra proyectada no excede el limite de doscientos
metros (200 m.) lineales desde el empalme con la cañeria existente de Ia Red
de Gas establecido en Ia ordenanza mencionada;
Que la empresa ANIVER S.A. se encuentra inscripta en el
Registro Municipal de empresas contratistas de obras;
Que, con caracter previo al inicio de Ia obra, Ia empresa
contratista debera acreditar Ia constitucion de la garantia de obra por un importe
equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total de la obra, de acuerdo a lo
establecido en el articulo 15 de la Ordenanza N° 4244/75;
Que la Direccion de Pavimentos ha tornado Ia intervencion
que es de su competencia;
Que conforme Ia normativa citada resulta ajustado a derecho
otorgar la autorizacion para la ejecuci6n de la Obra de Extension de Red de
Gas Natural solicitada;
Que el presente Decreto se dicta en use de las atribuciones
conferidas por los articulos N° 107 y 108, inciso 17, de la Ley Organica de las
Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 con modificaciones vigentes) y por el
articulo N° 5 de Ia Ordenanza N° 4244/75;
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°: APRUEBASE to actuado en el Expediente N°
4091-563-A-2020.-
ARTICULO 2°: AUTORIZASE a la empresa ANIVER S.A., CUIT N°
30-59571445-8, con domicilio legal en la Av. 12 de Octubre N° 2966 L 2 de la
localidad de Quilmes Oeste, partido de Quilmes, a Ia ejecucion de Ia Obra de
Extension de la Red de Gas Natural en la calle 314 Bis N° 3651 de la localidad
y partido de Quilmes, conforme al proyecto QU-003056-REVO0 con una
extension de ocho metros lineales (8,00 ml), que sera afectada la parcela de
nomenclatura catastral Circunscripcion: Ill, Seccion: H, Manzana: 23A, Parcela
adherente: 5.-
ARTICULO 3°: DISPONESE que la obra sera supervisada por Ia inspeccion de
Metrogas SA y por personal del area de competencia sobre el particular
dependiente del Municipio, quedando a cargo de la primera hacer cumplir las
prescripciones tecnicas vigentes para este tipo de obra, debiendo comunicar el
inicio de Ia misma con una lapso no menor a cuarenta y ocho horas (48 hs.).-
ARTICULO 4°: DISPONESE que Ia empresa contratista debera efectuar una
declaracion de las superficies que seran afectadas en veredas y/o calzadas y
repararlas conforme a lo establecido por el articulo 14 de Ia Ordenanza N°
4244/75, debiendo ajustarse a las Normas establecidas en cada caso y
quedando como unica responsable de cualquier rotura y/o dario ocasionado a
las instalaciones de terceros que se produzcan durante y/o como consecuencia
de Ia ejecucion del a obra.-
ARTICULO 5°: DISPONESE que Ia empresa debera acreditar Ia constitucion de
garantia de obra por un importe equivalente al cinco por ciento (5%) del
monto total de la obra con caracter previo al inicio de la ejecucion de Ia obra.-
ARTICULO 6°: DISPONESE que el presente Decreto sera refrendado por el Sr.
Jefe de Gabinete.-
ARTICULO 7°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dese al Registro
General y ARCHIVESE.-
MAYRA S. MENDOZA LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO Dr. CLAUDIO H. CARBONE
Intendenta Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico
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