Boletines/Quilmes
Decreto Nº 2003/2020
Quilmes, 21/09/2020
Visto
VISTO: el Expediente N° 4091-6818-A-2020 iniciado por el Sr. Subsecretario de
la Agencia de Recaudacion de la Municipalidad de Quilmes (ARQUI), con el fin
de extender Ia vigencia del regimen de regularizacion de deudas previsto por el
Decreto N° 73/2020, cuya ultima prOrroga fuera dispuesta por el Decreto N°
1285/2020;
Considerando
Que, conforme lo normado en el articulo 28 de la Ordenanza
Fiscal y Tributaria N° 13.090/2018 (texto modificado por Ordenanza
13.317/2019), se faculta a este Departamento Ejecutivo para conceder a
contribuyentes y demas responsables, facilidades de pago de caracter general
para la regularizacion y/o cancelacion de deudas fiscales;
Que en merito de la respuesta satisfactoria que ha brindado
el regimen de regularizacion de deudas instaurado por el Decreto N° 73/2020, y
con el objeto de continuar con las acciones que faciliten al contribuyente Ia
normalizacion de sus obligaciones fiscales, y que a su vez promuevan Ia
recaudacion comunal, resulta necesario extender durante un determinado
period() de tiempo la vigencia del mismo, ello en el marco de las acciones que
se vienen Ilevando adelante en virtud de la pandemia declarada por la
ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relacion con el
COVID-19;
Que por razones de oportunidad, merito y conveniencia
resulta procedente y razonable extender la vigencia del regimen de
regularizacion de deudas previsto por el Decreto N° 73/2020, cuya Caltima
prorroga fuera dispuesta por el Decreto N° 1285/2020;
Que, el presente Decreto se dicta en use a las facultades
otorgadas en los articulos 28 y 405 de Ia Ordenanza Fiscal y Tributaria N°
13.090/2018 (texto modificado por Ordenanza 13.317/2019); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°: PRORROGASE hasta el 31 de diciembre de 2020 Ia vigencia
del regimen de regularizacion de deudas dispuesto mediante el Decreto N°
73/2020.-
ARTICULO 2 ° : ESTABLECESE Ia posibilidad de regularizar dentro del
mencionado plan hasta Ia cuota siete (7) de la Tasa por Inspeccion de
Seguridad e Higiene correspondiente al presente periodo fiscal.
ARTICULO 3°: DISPONESE que el presente Decreto sera refrendado por el Sr.
Jefe de Gabinete.-
ARTICULO 4°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dese al Registro
General y ARCHIVESE.-
LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO MAYRA S. MENDOZA CDRA. ALEJANDRA S. PRIETO
JEFE DE GABINETE INTENDENTA SECRETARIA DE HACIENDA
MUNICIPALIDAD DE QUILMES MUNICIPALIDAD DE QUILMES
DR. CLAUDIO H. CARBONE
SECRETARIO LEGAL Y TECNICO
MUNICIPALIDAD DE QUILMES
DECRETO Nº 2003/2020