Boletines/Quilmes
Decreto Nº 2011/2020
Quilmes, 23/09/2020
Visto
el Expediente N° 4091-5564-D-2020, iniciado por Ia Contadora
Municipal, cuyo objeto es solicitar Ia convalidacion y la autorizacion de la
suscripcion del Endoso N°1 del contrato de seguro del ramo: "Seguro
Accidentes Personales", instrumentado en la Poliza N° 1.170.586,
correspondiente a la inclusion del agente Parada Jorge- Marcelo, para tareas
varias en PROMEBA, por el periodo del 15 de mayo del 2020 al 31 de
diciembre del 2020; y
Considerando
Que a fojas 2, 3 y 4, obran respectivamente, cotizacion y
detalle de Ia poliza, remitida por Provincia Seguros S.A., dependiente del Banco
de Ia Provincia de Buenos Aires;
Que el articulo 156, inciso 2 de la Ley Organica de las
Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 y modificaciones vigentes) admite
compras y contrataciones directas, cuando se compra a reparticiones Oficiales,
Nacionales, Provinciales o Municipales y a entidades en las que el Estado tenga
participacion mayoritaria;
Que a fs. 6, Ia Contaduria Municipal ha tornado el
compromiso del gasto;
Que por razones de oportunidad, merito y conveniencia
resulta necesario convalidar y autorizar el contrato de seguro referido a fin de
obtener cobertura contra los riesgos y hasta las sumas indicadas en Ia poliza
mencionada, respecto del agente en cuestion;
Que el presente Decreto se dicta en use de las atribuciones
conferidas por el articulo 107,156, inc.2) y concordantes de la Ley Organica de
las Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 y modificaciones vigentes);
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°: CONVALIDASE Ia suscripcion del Endoso N°1 del contrato de
seguro con Provincia Seguros S.A., instrumentado en la Poliza N° 1.170.586 del
ramo: Seguro Accidentes Personales, en donde se incluye al agente Parada
Jorge Marcelo, a la cobertura del riesgo por el periodo del 15 de mayo de 2020
al 30 de septiembre de 2020 y AUTORIZASE la misma por el periodo del 1° de
octubre de 2020 al 31 de diciembre de 2020 que deberan debitarse en tres
cuotas mensuales a saber: la primera cuota por la suma de pesos cuatrocientos
trece ($ 413.- ), cuyo vencimiento es el 20 de agosto de 2020, la segunda cuota
por Ia suma de pesos cuatrocientos trece ($ 413.-), cuyo vencimiento es el 20
de septiembre de 2020, y Ia tercera cuota por la suma de pesos cuatrocientos
doce con noventa y ocho/100 ($ 412.98.-), cuyo vencimiento es el 20 de octubre
de 2020.-
ARTICULO 2°: DISPONESE que eI presente gasto se devengara en
Administracion Central, Jurisdiccion 1, Departamento Ejecutivo,
Sub-jurisdiccion 29, Inciso 3, Partida Principal 5, Partida Parcial 4, Fuente de Financiamiento
110 del Presupuestos de Gastos en Vigor.-
ARTICULO 3°: DISPONESE que cada una de las cuotas seran debitadas de la
Cuenta N° 50747/1, que el Municipio tiene en el Banco de la Provincia de
Buenos Aires, Sucursal Quilmes Centro.-
ARTICULO 4°: DISPONESE que el presente Decreto sera refrendado por el Sr.
Jefe de Gabinete.-
ARTICULO 5°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dese al Registro
General y ARCHIVESE.-
MAYRA S. MENDOZA LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO Dr. CLAUDIO H. CARBONE
Intendenta Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico
MUNICIPALIDAD DE QUILMES MUNICIPALIDAD DE QUILMES MUNICIPALIDAD DE QUILMES
Cdra. ALEJANDRA S. PRIETO
Secretaria de Hacienda
DECRETO Nº 2011/2020