Boletines/Quilmes

Ordenanza Nº13408/2020

Ordenanza Nº 13408/2020

Quilmes, 30/12/2020

VISTO: que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Expediente HCD-O-2-28075-20 ha sancionado la Ordenanza Nº 13.408/2020 en la Sesión Extraordinaria realizada el día 23 de Diciembre del 2020, cuyo texto expresa:

VISTO

          El Expediente Nº 2-28075-HCD-2020, presentado por la Concejala EVA STOLTZING, Ref.: La urgente necesidad de dar respuesta al déficit habitacional, la Ley Provincial Nº 14.449, el Decreto Ley Nº 8912/77, el Decreto Ley Nº 9533/80, el Expediente Nº 4091-22269-D-2018, el Decreto Municipal Nº 217/2019, y

 

CONSIDERANDO

Que resulta imperiosa la necesidad de consolidar la construcción de una ciudad más inclusiva, con un desarrollo urbanístico integrador que propenda a la formación de una sociedad más justa, equitativa y respetuosa del medio ambiente.

Que, bajo dicho marco general, en el Expediente Nº 4091-22269-D-2018 mediante el cual tramitó el Decreto Nº 217/19, a través del cual se ordenó la inscripción a nombre del Municipio de Quilmes del inmueble designado catastralmente como Circunscripción V, Sección B, Manzana 128, Parcela 10 originado por plano de Mensura y División Nº 86-058-2015 con destino de Espacio Verde y Libre Público.

Que el Decreto Ley Nº 9533/80 establece en su Artículo 1º que “Constituyen bienes del dominio público municipal las calles o espacios circulatorios, ochavas, plazas y espacios verdes o libres públicos que se hubieren incorporado al dominio provincial con anterioridad a esta Ley y los inmuebles que en el futuro se constituyan para tales destinos en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 8912/77 -de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo.”.

Que, asimismo, también establece en su Artículo 9° que “Los inmuebles del dominio público municipal podrán desafectarse cuando así corresponda y resulte más conveniente a los intereses de la comunidad, y con observancia de las limitaciones que resulten de la Ley de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo u otras Leyes específicas.”.

Que resulta urgente e imprescindible llevar adelante una desafectación para efectuar un cambio de destino respecto a dicho inmueble a fin de dar una respuesta a la problemática del déficit habitacional, todo ello garantizando el compromiso en la continuidad de la promoción de los espacios verdes y libres públicos en el Municipio.

Que a fin de dar cumplimiento a las normas citadas precedentemente, y en tanto resulta más conveniente a los intereses de la comunidad, resulta fundamental desafectar del régimen de bienes de dominio público al inmueble designado catastralmente como Circunscripción V, Sección B, Manzana 128, Parcela 10 y en consecuencia, destinarlo a la construcción de viviendas sociales.

Que, asimismo, deviene imperiosa la adopción de medidas y políticas públicas que propendan al desarrollo de soluciones habitacionales progresivas, y que contribuyan a mejorar las condiciones de vida de los vecinos y las vecinas, razón por la cual el nuevo destino que se propone asignar al referido inmueble consiste en la construcción y ejecución de viviendas sociales.

Que, como consecuencia de la desafectación referida precedentemente, resulta imprescindible afectar otro inmueble de similares características con destino a espacio verde y libre público, para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 60º del Decreto Ley Nº 8912/77.

 

 

ORDENANZA

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA

 

ORDENANZA Nº 13408/2020

 

ARTICULO 1º: DESAFÉCTASE el destino de uso exclusivo para espacio verde  y público del inmueble designado catastralmente como Circunscripción V, Sección B, Manzana 128, Parcela 10, propiedad de la Municipalidad de Quilmes.

ARTÍCULO 2º: AFECTASE el destino del inmueble designado catastralmente  como Circunscripción V, Sección B, Manzana 128, Parcela 10, el cual será destinado para construcción de viviendas sociales. 

ARTÍCULO 3º: AFECTESE el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección J, Manzana 10, Parcela 2 con destino a espacio verde y libre público, el que se permutará por el inmueble designado en el Articulo 1°. 

ARTÍCULO 4º: INSCRÍBASE en el Registro de la Propiedad Inmueble de la  Provincia de Buenos Aires, los nuevos destinos indicados en los Artículos 2º y 3º.

ARTÍCULO 5º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a tomar las medidas  necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza.

ARTICULO 6º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro  General y ARCHIVESE.

 

QUILMES, 23 de Diciembre de  2020.

 

Fdo.: FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D.

MIRIAM J. ARBERT, Secretaria Legislativa del H.C.D.

 

Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 y modificatorias vigentes);

Por todo lo expuesto;

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1º: PROMÚLGASE la Ordenanza N° 13.408/2020 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Extraordinaria realizada el día 23 de diciembre del 2020.-

ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 3º: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-

ALEJANDRO E. GANDULFO                                             MAYRA S. MENDOZA                                  CLAUDIO H. CARBONE

JEFE DE GABINETE                                                             INTENDENTA                                           SECRETARIO LEGAL Y TECNICO

MUNICIPALIDAD DE QUILMES                                 MUNICIPALIDAD DE QUILMES                  MUNICIPALIDAD DE QUILMES

 

DECRETO Nº 3018/2020