Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº5091/2020

Ordenanza Nº 5091/2020

Trenque Lauquen, 06/11/2020

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

El Art. 109° del Decreto 6769/58 dispone que corresponde al Departamento Ejecutivo remitir el Presupuesto al Concejo Deliberante con anterioridad al 31 de Octubre de cada año.

El presupuesto no es sólo una autorización para recaudar y gastar, sino que, constituye un plan de gobierno basado en proyecciones concretas y programadas.

Atento la proximidad de su plazo de presentación aún no obran en nuestro poder, los datos reales sobre los porcentajes de coparticipación que ingresarán al Municipio en 2021 y aunado a ello, cabe señalar que tanto el Gobierno Nacional como Provincial aún no han definido pautas que nos permitan estimar, por ejemplo, como los ya mencionados ingresos de Coparticipación ni tasa de inflación esperada para el próximo año, datos que sin duda impactarán en las finanzas municipales.

Por los fundamentos expuestos, resulta conveniente otorgar un plazo prudencial para la confección y remisión del mismo.

Dado que lo autoriza el Art. 36° del Decreto 6769/58, se propicia la norma en cuestión (Exp. N° 6510/2020 HCD.).

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1º.-) Prorróguese el plazo para la presentación del PRESUPUESTO 2021 hasta el 30 de Diciembre de 2020.

Artículo 2º.-), Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

SANCIONADA A TRAVÉS DE SISTEMA DE VIDEOCONFERENCIA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.

Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante

Dra. Mónica Estévez
Vicepresidenta 1°
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 1731/2020 – 17/11/2020

Firma: Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal.

Dr. Gustavo A. Marchabalo – Secretario de Gobierno.