Boletines/Trenque Lauquen
Ordenanza Nº 5094/2020
Trenque Lauquen, 06/11/2020
VISTO: La intención de una vecina de restaurar e intervenir artísticamente la ermita dedicada a la Virgen de Schoenstatt, ubicada en el Parque Municipal “María la india Roca”, de la ciudad de 30 de Agosto, (Exp. N° 2471/96 HCD.); y
CONSIDERANDO: Que la virgen con el correr de los años se fue deteriorando por ser una imagen impresa y enmarcada que se encuentra en la Ermita del Parque Municipal “La India Roca”.
Que la restauración de la Virgen de Schoenstatt será intervenida artísticamente por dicha vecina por un fuerte sentimiento de raigambre ante esta localidad, confeccionada en trencadis (Mosaico).
Que las características del Mosaico, tienen la ventaja de no degradarse ante las inclemencias climáticas, ni frente a los rayos UV, como si sucede en una imagen impresa, o una pintura.
Que la Virgen de Schoenstatt tiene a un grupo de feligreses en la comunidad de 30 de Agosto.
Que el parque encuadra lo ancestral y sagrado de su procedencia, conjugar lo artístico con lo genealógico, que es una imagen que, más allá de toda creencia, en inspiración de fe, sería un homenaje para la comunidad de 30 de Agosto
Que este proyecto, es una manera de retribuir a la comunidad, el afecto y calidez recibida hacia esta vecina.
Que la imagen será restaurada, donde los gastos de traslado, material y colocación, serán exclusivamente por cuenta de la interesada.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:
O R D E N A N Z A
ORDENANZA
Artículo 1º.-) Autorícese a la Sra. María Eugenia Pellati, la restauración de la Virgen de Schoenstatt ubicada en el Parque Municipal “La India Roca” de 30 de Agosto, a confeccionar con la técnica denominada trencadis (Mosaico).
Artículo 2º.-) Los gastos que demande la obra de restauración, serán exclusivamente por cuenta de la interesada.
Artículo 3º.-) Promulgada la Ordenanza, remítase a la Sra. María Eugenia Pellati, quien fue la impulsora de este proyecto.
Artículo 4º.-), Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SANCIONADA A TRAVÉS DE SISTEMA DE VIDEOCONFERENCIA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.
Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
Dra. Mónica Estévez
Vicepresidenta 1°
Honorable Concejo Deliberante
Promulgación: Decreto N° 1734/2020 – 17/11/2020
Firma: Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal.
Dr. Gustavo A. Marchabalo – Secretario de Gobierno.