Boletines/Trenque Lauquen
Resolución Nº 495/2020
Trenque Lauquen, 09/10/2020
Visto
Las necesidades que presenta el Sector Turístico de la Provincia de Buenos Aires en el actual contexto de emergencia sanitaria por COVID-19 y de crisis económica y social (Exp. 3354/99 HCD.); y
Considerando
A partir de la declaración de la pandemia de coronavirus (COVID-19) por la Organización Mundial de la Salud, el 11 de marzo de 2020, los gobiernos de todos los niveles y jurisdicciones han venido dictando diferentes medidas.
En nuestra provincia, en fecha 12 de marzo de 2020, mediante Decreto provincial Nº 132/2020, se declaró el estado de emergencia sanitaria en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires.
Desde entonces, las diversas medidas sanitarias implementadas por los gobiernos nacional y provincial han acarreado la inusitada crisis económica y social que atraviesa nuestro país y, en particular, nuestra provincia.
El turismo bonaerense es uno de los sectores más castigados por la crisis referida, lo que exige la pronta implementación de medidas para el sostenimiento y reactivación productiva de la actividad turística en la Provincia de Buenos Aires.
En atención a esta realidad, recientemente se sancionó en nuestra provincia la Ley de Emergencia Turística, una iniciativa de Juntos por el Cambio (Expediente D-616/2020-2021), que obtuvo media sanción en la Honorable Cámara de Diputados el 20 de agosto del año en curso, y sanción definitiva por el Honorable Senado de la Provincia de Buenos Aires el pasado 10 de septiembre.
Así las cosas, resulta impostergable la implementación por parte del Poder Ejecutivo provincial, de las medidas establecidas en la Ley de Emergencia Turística, a saber: un régimen de beneficios impositivos que podrá incluir condonación de deudas fiscales, postergación de vencimientos de impuestos y tasas provinciales, rediseño de agenda de vencimientos y regímenes especiales para el pago de obligaciones impositivas, entre otros; líneas de crédito especialmente destinadas al sostenimiento y reactivación de la actividad turística; subsidios; y la coordinación con el Estado Nacional de políticas que tengan como objetivo contribuir al sostenimiento y reactivación de la actividad turística en la Provincia de Buenos Aires.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:
R E S O L U C I Ó N
Artículo 1º.-) Manifestar y hacer saber su apoyo y adhesión a la Ley de Emergencia Turística (Expediente D-616/2020-2021), que obtuvo sanción definitiva en el Honorable Senado de la Provincia de Buenos Aires, en fecha 10 de septiembre de 2020, cuyo objeto es brindar medidas para el sostenimiento y reactivación productiva de la actividad turística en la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 2º.-) Manifestar la necesidad de la urgente implementación por parte del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, de las medidas establecidas en la ley referida en el Artículo 1° de la presente: un régimen de beneficios impositivos que podrá incluir condonación de deudas fiscales, postergación de vencimientos de impuestos y tasas provinciales, rediseño de agenda de vencimientos y regímenes especiales para el pago de obligaciones impositivas, entre otros; líneas de crédito especialmente destinadas al sostenimiento y reactivación de la actividad turística; subsidios; y la coordinación con el Estado Nacional de políticas que tengan como objetivo contribuir al sostenimiento y reactivación de la actividad turística en la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 3º.-) Remitir copia de la presente Resolución al Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires y al Departamento Ejecutivo Municipal.
Artículo 4°.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SANCIONADA A TRAVÉS DE SISTEMA DE VIDEOCONFERENCIA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN A LOS NUVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTE.
Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
Dr. Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante