Boletines/Trenque Lauquen
Resolución Nº 498/2020
Trenque Lauquen, 09/10/2020
Visto
Los cien años de fundación de la Cooperativa Obrera Ltda. de Consumo y Vivienda, cuya sucursal 104 forma parte del entramado social y comercial de nuestra localidad (Exp. N° 6511/2020 HCD.); y
Considerando
Que la Cooperativa Obrera Ltda. de Consumo y Vivienda inicia sus actividades como emprendimiento solidario el 31 de Octubre de 1920 a partir de la iniciativa de 173 vecinos, con la finalidad de adquirir trigo, molerlo, panificarlo, elaborar su derivados y hacer consumir sus productos a los asociados, sin tener como finalidad el lucro.
Que es una institución sin fines de lucro, constituida y administrada por sus Asociados, que son sus únicos dueños.
Que la historia y los valores cooperativos, ayuda mutua, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidaridad consolidaron una empresa solida y pujante.
Que la integración comunitaria en sus diferentes superficies de consumo cooperativo, hace a La Coope “la empresa social de los propios consumidores".
Que anualmente los asociados gozan de un crédito equivalente al 1,50% sobre el importe neto de las compras que efectuaron en el transcurso del Ejercicio, redistribuyéndose excedentes de manera equitativa.
Que como empresa social funciona con el objetivo principal de proporcionar beneficios ambientales, sociales y culturales de las comunidades en donde se encuentra inserta.
Que como empresa social amojona su funcionamiento en los siete principios cooperativos, Membrecía abierta y voluntaria, Control democrático de sus miembros, Participación económica de los miembros, Autonomía e independencia, Educación, formación e información, Cooperación entre cooperativas y Compromiso con la comunidad.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:
RESOLUCIÓN
Artículo 1º.-) El Honorable Concejo Deliberante de Trenque Lauquen expresa su reconocimiento a la Cooperativa Obrera Ltda. de Consumo y Vivienda (Matricula INAES 148) al cumplirse los 100 años de su fundación.
Artículo 2º.-) Reconocer el valor social, cultural y económico que realizan las entidades de la economía social y solidaria en nuestra comunidad, realizando los valores y principios que las guían en su desarrollo.
Artículo 3º.-) Envíase copia de la presente a las autoridades del Consejo de Administración de la mencionada entidad, al Delegado Zonal y vecino Sr. Jorge Lepori y al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES).
Artículo 2°.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SANCIONADA A TRAVÉS DEL SISTEMA DE VIDEOCONFERENCIA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTE
Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante