Boletines/Mercedes

Decreto Nº466/2021

Decreto Nº 466/2021

Mercedes, 15/04/2021

Visto

Lo solicitado en el Expediente Nº 4841/20, caratulado: “Club Vélez Sarsfield s/ Solicita subsidio para la construcción de S.U.M”; y:

Considerando

Que por Decreto Nº 1027/21 se le otorgó un subsidio económico, para la adquisición  de materiales y mano de obra, destinados a la construcción de un salón de usos múltiples.

Que el Presidente del club en nota de fojas 50, solicita una ampliación del mismo, manifestando la necesidad de poder contar con materiales para la culminación del techo como así también materiales gruesos faltantes.

Que la Directora de Desarrollo Deportivo, Saboredo Mariana, en nota de fojas 49, considera conveniente acceder a la colaboración solicitada.

Que existe partida presupuestaria disponible


 

Por ello, el Señor INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias:

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1º.- AMPLIESE el subsidio otorgado por Decreto Nº 1017, Folio Nº 1427/1428, Libro Nº 54, dictado con fecha 03 de Noviembre de 2020,que será destinado a solventar los gastos que genere la obra de construcción del SUM del Club, por solicitud de la Directora de Desarrollo Deportivo mediante nota de fojas 49.

ARTICULO 2º.- OTORGASE al Club Vélez Sarsfield, representado por su Presidente, Alfonso José, un subsidio por la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS ($1.492.372,00) destinado a la adquisición de materiales para la culminación del techo y materiales gruesos.

La asistencia aludida le será entregada a la entidad beneficiaria en forma parcializada en dos (2) etapas, conforme al diagrama que se cita a continuación, debiendo acreditar de modo fehaciente el avance de obra en cada etapa, para poder efectivizar el monto correspondiente a la siguiente:

 

 

ETAPA  1

 

Materiales para construcción de techo

 

$1.045.061,58

 

ETAPA 2

 

Materiales gruesos

 

$447.310,00

 

TOTAL

 

$1.492.372,58

ARTÍCULO 3º.- La ayuda mencionada en el artículo anterior deberá imputarse a la Jurisdicción 1110109000. Categoría Programática 32.02.00. Objeto del Gasto 5.1.7.0. Fuente de Financiamiento 110.

ARTÍCULO 4º.- La entidad recurrente deberá efectuar una rendición final de cuenta en el plazo de 30 días posteriores al final de obra.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese. Dése al Digesto General. Cumplido, archívese.