Boletines/Mercedes

Decreto Nº478/2021

Decreto Nº 478/2021

Mercedes, 19/04/2021

Visto

Lo actuado en el Expediente Administrativo Nº 1632/2021 caratulado “Licitación Pública Nº 12/2021”.

Considerando

La necesidad de proveer a familias carenciadas de nuestro Partido de una canasta mínima de alimentos que refuerce sus recursos.

Que tal ayuda consiste concretamente en la entrega de bolsas individuales a través del Programa A.M.A., generado por la Secretaría de Desarrollo de la Comunidad.

Que atento a la estimación de los valores en el mercado, resulta necesario licitar su compra de bienes para la Ayuda Municipal Alimentaria conforme los procedimientos que prevé la Ley Orgánica de las Municipalidades.

                  Que de acuerdo con lo previsto en artículo 151º y subsiguiente de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde licitar el servicio, atento a la magnitud del gasto a afrontar.

Por ello, el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias.

D E C R E T A:

ARTICULO 1º) Apruébese el Pliego de Condiciones Generales, Particulares y Técnicas proyectado por la Secretaría de Desarrollo de la Comunidad, que obra adjunto en expediente precitado, con el objeto de posibilitar la adquisición de los bienes para la Ayuda Municipal Alimentaria (AMA).

ARTICULO 2º) Llámese a Licitación Pública Nº 12/2021 para el día 14 de mayo de 2021 a las 11:00 horas, en la Oficina de Compras del Municipio, o donde el Sr. Intendente designe.

ARTICULO 3º) Establézcase el presupuesto oficial en la suma de $ 14.990.211,00 (Pesos catorce millones novecientos noventa mil doscientos once con 00/100) y el valor del pliego de bases y condiciones en $ 10.000 (Pesos diez mil).

ARTICULO 4º) Los pliegos de referencia podrán ser adquiridos a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires hasta el día 12 de mayo de 2021 inclusive, en Departamento de Compras y Suministros en días hábiles en el horario de 08.00 a 13.00 hs.

ARTICULO 5º) Regístrese, notifíquese, publíquese por DOS (2) días en el Boletín Oficial y en UN (1) diario local y por una vez en UN (1) semanario, conforme artículo 153º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.12/2021