Boletines/Mercedes

Resolución Nº292/2021

Resolución Nº 292/2021

Mercedes, 20/04/2021

Visto

El Recurso de Revocatoria con Jerárquico en subsidio presentado fuera de término en el expediente N° 3353 del año 2020 caratulado: “BERTERA MELINA S/ PROGRAMA “MI TERRENO”, con quien solicita ingresar al Programa junto a su pareja y padre de su hijo, CONTARDI Mariano Fernando;

Considerando

Que atento a la Declaración Jurada a fs. 1 la Sra. BERTERA Melina manifiesta que nadie del grupo familiar es propietario ni fue beneficiario de ningún plan de viviendas oficial, y que el falseamiento de la misma dará lugar a descalificación directa lo que consiente al pie con su firma;

Que según surge del sistema de Expediente Municipal, el expediente N° 4382/2018 caratulado: “PROGRAMA MI CASA - CONTARDI MARIANO FERNANDO”, por el cual al Sr. Contardi salió adjudicado en el Programa “Mi Casa” atento a ver presentado la escritura de un terreno a su nombre con la finalidad de construir su vivienda;

Que se notificó mediante cedula con fecha 05 de marzo la Resolución N° 436, Folio N° 497, Libro N° 8, denegando la solicitud de ingreso al Programa “Mi Terreno” por incumplimiento del artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017;

            Que con fecha 30 de marzo de 2021, la Sra. BERTERA presenta un descargo en carácter de “beneficiaria” UNIPERSONAL Y PROPIO como madre soltera aclarando que el Sr. CONTARDI, su pareja y padre de su hija, se dio de baja del Programa “Mi Casa” del cual fue beneficiario mediante expediente N° 4382/2018 y presenta un contrato de alquiler vigente pero que NO se encuentra debidamente certificado;

            Que según obra a fs. 13-18 el Sr. CONTARDI es propietario junto a tres personas de un inmueble cuya superficie total es 10.689 metros cuadrados

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Directora de Tierras Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N° 1987, es que;

RESUELVO:

Artículo 1°: Mantener intactos los fundamentos expresados en la Resolución denegatoria N° 436 del Folio N° 497 del Libro N° 8, atento a que la Sra. BERTERA MELINA con DNI 36.505.357 falseó la Declaración Jurada ya que su pareja y padre de su hija con quien convive, NO cumple con el artículo 19° de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017 el cual establece que para acceder a la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…)  2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios (…).”

Artículo 2°: NOTIFÍQUESE. Publíquese en el Boletín Oficial, a cuyo fin pase a Secretaría de Gobierno para su publicación.

Artículo 3°: Previo archivo; Pase a la Subsecretaria de Vivienda y Hábitat, para la toma de conocimiento y a los fines se expida sobre el Recurso de Revocatoria con Jerárquico en subsidio.-