Boletines/Mercedes

Resolución Nº298/2021

Resolución Nº 298/2021

Mercedes, 21/04/2021

Visto

Que en el marco del Expediente N° 6923 del año 2018, caratulado: “FINK RUBEN FEDERICO S/ PLAN DE VIVIENDA O TERRENO” por el cual solicita acceder al programa MI TERRENO junto a la Sra. WAIGANT Silvia Margarita; y,

Considerando

Que según surge de una solicitud a la Cooperativa de electricidad, obras y otros servicios "Julio Levin” Ltda. de Agote, un pedido de autorización para suministro de luz de un inmueble ubicado en el Barrio “La Pampita” según consta en la escritura número ciento dieciocho obrante a fs.  9-12 de autos a favor de los Sres. FINK y WAIGANT;

Que conforme al inciso 2° del artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017 para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…)  2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios (…).”

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Directora de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N° 1987/18, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que,

RESUELVO:

Artículo 1°: Denegar la solicitud del Sr. FINK RUBEN FEDERICO, con DNI Nº 16.611.156, y de la Sra. WAIGANT SILVIA MARGARITA, DNI Nº 20.979.834 al Programa “Mi Terreno” por incumplimiento del inciso 2° del artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, el cual reza: “2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios (…)”; siendo asimismo falsa la Declaración Jurada agregada en autos a los efectos de la inscripción.-

Artículo 2°:Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art. 65 y 86 de la Ordenanza General N° 267.-

Artículo 3°: Previo archivo, realizase las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes. (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).-