Boletines/Magdalena
Decreto Nº 162/21
Magdalena, 05/02/2021
Visto
El Decreto Provincial Nº 2980/00 que regula la aplicación e implementación de la Reforma de la Administración Financiera en el Ámbito Municipal (RAFAM); y
Considerando
Que el artículo 5º correspondiente al Capítulo I – Disposiciones Generales de las “Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios Piloto” establece en su última parte que cada uno de los sistemas que conforman la administración financiera y la administración de los recursos reales estará a cargo de un agente que actuará en calidad de órgano rector, asumiendo la responsabilidad del dictado y la observancia del cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en las presentes disposiciones, así como de la aplicación de los formularios cuyos modelos e instructivos se adjuntan como anexos;
Que durante el presente ejercicio financiero se aplicará en el Municipio las “Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios Piloto”;
Que a través del Decreto 01-21 de fecha 04 de Enero de 2021 se designaron a los funcionarios y/o agentes de la Administración Municipal responsables de los “órganos rectores” de los sistemas sobre los cuales regirán las disposiciones ya señaladas;
Que a partir del 01 de Febrero de 2021 se produce una modificación del responsable del Sistema “Presupuesto”
Por todo ello;
El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Dese de baja en forma retroactiva al 01 de Febrero de 2021 del responsable del “órgano rector” Presupuesto:
Nº DE LEGAJO |
APELLIDO Y NOMBRE |
SISTEMA ASIGNADO |
1329 |
GARCIA, Andrés L. |
Presupuesto |
ARTÍCULO 2º: Designase en forma retroactiva a partir de 01 de Febrero de 2021 como responsable del “órgano rector” Presupuesto:
Nº DE LEGAJO |
APELLIDO Y NOMBRE |
SISTEMA ASIGNADO |
1352 |
HEREÑU, María Cecilia |
Presupuesto |
ARTICULO 3º: AUTORICESE a Departamento Liquidaciones a liquidar la diferencia de haberes que corresponda.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.
ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno