Boletines/Magdalena
Decreto Nº 200/21
Magdalena, 19/02/2021
Visto
El expte letra I Nº 1004/20; referido la venta mediante el procedimiento de SUBASTA PÚBLICA, establecido en la Ordenanza N°3742/20, de un parcela rural designada catastralmente como CIRC IV, PARCELA 965f, PARTIDA 11.493 y,
Considerando
Que a fojas 5 del expediente citado El Honorable Concejo Deliberante sanciona la ORDENANZA N°3792/20 autorizando la venta del bien inmueble designado catastralmente como CIRC IV, PARCELA 965f, PARTIDA 11.493,
Que a fojas 9 y 10 se procede a constatar el estado de ocupación del bien mencionado, según lo establecido en el Art. 2° de la Ordenanza N°3742/20
Que en virtud de dar cumplimiento al Art. 4° de la Ordenanza N° 3742/20 se procede al sorteo de los profesionales inscriptos en el Registro de Martilleros y Corredores Públicos, realizado el 22 de Diciembre de 2020, resultando beneficiada la Sra. Martillera Natalia Giselle Cortes (Colegiado N°73366 Libro XIII – Folio 175);
Que a fojas 40 se procede al dictado del acto administrativo para la convocatoria a la subasta a través del Decreto del Departamento Ejecutivo N° 1212/20
Que a fojas 47 a 52 se encuentran los datos de los inscritos a la Subasta Publica N°1.
Que de acuerdo a o suscripto por la Martillera Cortes, Natalia Giselle en el Acta de Subasta obrante a fojas 54, el bien inmueble subastado se le otorga al Sr. Moriconi, Lamberto DNI 93.793.244.
Que el Departamento Ejecutivo, en cumplimento del Art. 14° de la Ordenanza N°3742/20 aprueba la venta efectuada,
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: ADJUDIQUESE la Subasta Publica N°1/20, de un parcela rural designada catastralmente como CIRC IV, PARCELA 965f, PARTIDA 11.493, al SR. LAMBERTO MORICONI, DNI 93.793.224, por el precio de $10.991.856 (pesos diez millones novecientos noventa y un mil ochocientos cincuenta y seis)
ARTÍCULO 2º: El monto generado de la venta del bien mencionado deberán ser ingresados en el Rubro 1410200 “Ingreso por Venta de Bienes”
ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda y la Sra. Secretaria de Gobierno.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno