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Decreto Nº2414

Decreto Nº 2414

Bolivar, 12/12/2016

Visto

La presentación realizada por la Comisión de Apoyo para la Escuela de Ciegos y Disminuidos Visuales Santa Lucía, y;

Considerando

Que la entidad de referencia ha solicitado un aporte económico, con el objeto de aplicarlo al pago de gastos ordinarios que la misma debe afrontar en concepto de alquiler, alimentos y adquisición de material didáctico;

 

Que en virtud de ello, la Municipalidad se ha comprometido a realizar un aporte económico para colaborar con la institución;

 

Que la presente medida se adopta con arreglo a lo normado en el Art. 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

 

Por ello;

 EL Intendente Municipal del Partido de Bolívar

DECRETA

Artículo 1º: Otórgase un subsidio a la COMISIÓN DE APOYO PARA LA ESCUELA DE CIEGOS Y DISMINUIDOS VISUALES SANTA LUCIA, inscripta ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas bajo el Legajo N° 01/93.720, destinado a solventar gastos inherentes al funcionamiento de la escuela.

 

Artículo 2°: El subsidio otorgado por el artículo anterior, se realiza con cargo de rendición de cuentas, de acuerdo con lo normado en el Art. 276 de la Ley Orgánica Municipal y  Art. 131 y cc. del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades.

 

Artículo 3°: El gasto que demande el cumplimiento del artículo primero será imputado a: Jurisdicción 1110102000 – Secretaría de Gobierno – 18 – Programa de Fortalecimiento a Instituciones – 03 – Instituciones Educativas – Partida 5.1.5.0 Transferencia a otras Instituciones de Enseñanza.

 

Artículo 4º: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Contaduría y Tesorería, a efectos de su fiel cumplimiento.

 

Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica conforme lo dispuesto en el Decreto N° 651/16.

 

Artículo 6°: Comuníquese, dése al Registro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.