Boletines/Bolivar

Decreto Nº2415

Decreto Nº 2415

Bolivar, 12/12/2016

Visto

El Expediente 4013-1292/2016 por medio del cual la Secretaria de Obras Públicas y Urbanismo propicia la realización del Movimiento de suelo y nivelación en barrios de la localidad de Bolívar y;

Considerando

Que la Secretaria de Obras Públicas y Urbanismo, ha confeccionado un proyecto de obra de Movimiento de suelo en barrios, que esta enmarcado dentro del plan de mejorar las calles de los distintos Barrios del partido;

 

Que la obra será financiada con fondos provenientes del “Fondo para infraestructura Municipal” por medio del endeudamiento de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que la obra a ejecutarse consta de Movimiento de Suelo, Nivelación de calles, sacar tierra y colocar en terrenos de los mismos barrios, construir cunetas y limpieza de las realizadas;

 

Que de este análisis surge la necesidad de contratar a Constructora Volga S.A., debido a que cuenta con la capacidad y experiencia necesaria para cumplir con las tareas necesarias;

 

Que de acuerdo a los montos estimados y con arreglo a lo normado en el Inc. d), Apartado I, Capítulo IV sobre “Obras Públicas” de la Ley Orgánica de Municipalidades y los valores actualizados por la Resolución N° 95/16 y modificatorias, del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, la obra encuadra en los montos determinados para la contratación directa;

 

Que en esta oportunidad, es menester determinar la imputación del gasto que demande el pago de los honorarios convenidos;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

 

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1º: Autorízase a la Secretaria de Obras Públicas y Urbanismo a contratar la ejecución de la obra denominada Movimiento de suelo y Mejorado de Calles en barrios.

 

Artículo 2°: Determínase el presupuesto oficial, en pesos ciento cincuenta y ocho mil seiscientos con 00/100 ($ 158.600,00).

 

Artículo 3°: Apruébase el modelo de Contrato de Obra a suscribir con el contratista, que como Anexo I forma parte integrante del presente.

 

Artículo 4º: El gasto que demande el cumplimiento del articulo 1º será imputado a Jurisdicción: 1110110000 Secretaría de Obras Publicas y Urbanismo - Programa: 32.00.00 – Ejecución de Obras y Servicios Públicos –  Proyecto: 32.96.00  –Pavimento 10 cuadras de Pavimento con Cordón Cuneta en la ciudad cabecera - Fuente de Financiamiento: 132- de Origen Provincial.

 

Artículo 5º: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Contaduría y Tesorería, a efectos de su fiel cumplimiento.

 

Artículo 6º: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Hacienda conforme lo dispuesto en el Decreto Nº 481/16.

 

Artículo 7º: Comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.