Boletines/Bolivar
Decreto Nº 2428
Bolivar, 13/12/2016
Visto
La solicitud presentada por el señor, en la cual manifiesta se suspenda la licencia sin goce de haberes, solicitada por el mismo, y;
Considerando
Que por Decreto Nº 1357/16 se concedió licencia sin goce de haberes, al mencionado agente;
Que es potestad del Departamento Ejecutivo, en la órbita de sus facultades propias y privativas, la designación de que se trata, según lo determina el articulo 107) de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Deróguese la Licencia sin Goce de Haberes, otorgada por decreto Nº 1357/16, al agente, quien se reintegrará a su labor diaria a partir del 6 de diciembre de 2016.
Artículo 2º: Notifíquese con copia del presente Decreto al señor, en los términos de la Ordenanza General 267/80.
Artículo 3º: Tomen conocimiento Oficinas de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría y demás que considere corresponder a sus efectos.
Artículo 4º: Comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.
Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica.
Artículo 6º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.