Boletines/Bolivar
Decreto Nº 2368
Bolivar, 05/12/2016
Visto
El segundo párrafo del inc. f) Art. 72 de la Ley 14656 “Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires”, y;
Considerando
Que por la norma citada en el visto, se establece una Retribución Especial sin cargo de reintegro, equivalente a seis (6) mensualidades del sueldo básico de la categoría que revista, sin descuento de ninguna índole, para aquellos agentes que al cese de sus funciones computen 30 años de servicio en planta permanente;
Que según Decreto Nº 2229/2016, se dispone el cese para acogerse al beneficio jubilatorio de la Señora, quien había acreditado una antigüedad de más de 30 años en el desempeño de sus tareas;
Que en virtud de lo expuesto, se hace acreedor de la Retribución Especial precedentemente mencionada;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Autorízase a Contaduría Municipal a abonar a la señora, la suma total de Pesos que se hará efectiva en una (1) cuota.
Artículo 2º: Lo precedente se abonará con los haberes del mes de Noviembre de 2016, en concepto de Retribución Especial, de acuerdo a lo establecido en el art. 72, inc. F, segundo párrafo de la Ley 14.656, imputándose a JURISDICCION: 1110105000 – PROGRAMA: - 16 - Partida 1.0.0.0. Gastos en Personal – 1.6.0.0. Beneficios y Compensaciones.
Artículo 3º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría, Tesorería y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica.
Artículo 5º: Notifíquese, comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.