Boletines/Magdalena

Decreto Nº326/21

Decreto Nº 326/21

Magdalena, 17/03/2021

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 220/21, y;

Considerando

Que, mediante las mismas, el Sr. Director del Hospital Municipal, Dr. Aníbal Bagliardi, solicita la renovación de las Jefaturas de Guardias y Servicios y se otorgue la Bonificación para los profesionales que la integran, a partir del día Enero 01 y hasta el día Diciembre 31 del presente año.

Que, la nomina de los profesionales médicos para las Jefaturas de Guardia es la siguiente:

Que la nómina de profesionales médicos para las Jefaturas de Servicios es la siguiente:

Pediatría:                         la Dra. Sandra Cerruti (Leg. Nº 4255);

Clínica Quirúrgica:            el Dr. Sergio Fernández Vertiz (Leg. Nº 2340),

Odontología:                    la Dra. Casamiquela Alejandra (Leg. 2208),

Diagnostico por Imágenes: la Dra. Mónica Arregui (Leg. Nº 4256) y

Laboratorio:                     el Dr. Franco Sanirato (Leg. N° 4373)

A PARTIR DEL 17 DE MARZO COMO JEFE DE GUARDIA:

  • Dra Miriam Equiza Leg: 2191

 Que, lo solicitado cuenta con la pertinente autorización de la Sra. Secretaria de Gobierno.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: RENUEVANSE las Jefaturas de Guardia y Jefes de Servicios del Hospital Municipal a partir día Enero 01 y hasta el día Diciembre 31 del presente año a los siguientes profesionales:

Jefes de Servicios

Pediatría:                         la Dra. Sandra Cerruti (Leg. Nº 4255);

Clínica Quirúrgica:            el Dr. Sergio Fernández Vertiz (Leg. Nº 2340),

Odontología:                    la Dra. Casamiquela Alejandra (Leg. 2208),

Diagnostico por Imágenes: la Dra. Mónica Arregui (Leg. Nº 4256) y

Laboratorio:                     el Dr. Franco Sanirato (Leg. N° 4373)

A PARTIR DEL 17 DE MARZO COMO JEFE DE GUARDIA:

                                      Dra Miriam Equiza Leg: 2191

en virtud de las causales expuestas en el exordio del presente.-

ARTICULO 2º: AUTORICESE al Departamento Liquidaciones a implementar la erogación que corresponde por Bonificación por Función que establece la reglamentación vigente.

ARTICULO 3º:. La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el artículo 1ª,   será con afectación a la Partida BONIFICACION POR FUNCION  1.1.3.5. Jurisdicción 4000, Programa 17  y de la Partida BONIFICACION POR FUNCION  1.1.3.5. Jurisdicción 4000, Programa 19,   del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por e la Sra. Secretaria de Gobierno Marina Natalia Blanco.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dña. MARINA NATALIA BLANCO

Secretaria de Gobierno