Boletines/Magdalena
Decreto Nº 381/21
Magdalena, 30/03/2021
Visto
Las actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Trabajo para la modificación del art. 47 inc 16 del Convenio Colectivo de Trabajo, y;
Considerando
Que, en acuerdo con las asociaciones sindicales y bajo la regulación del Ministerio de Trabajo, se procedió a acordar la adecuación del artículo 47 inc 16° del Convenio Colectivo de Trabajo,
Que, la nómina de los choferes de ambulancia es la siguiente:
Morete, Claudio leg 1055
Blehn, Guillermo leg 1082
Muguerza, Gustavo leg 1152
Blazon, Jorge leg 2297
Garcia, Hector leg 2298
Daca, Ruben leg 2300
Barrios, Sergio leg 2353
De Biassi, Gustavo leg 1118
Que, la percepción de la bonificación por chofer será la resultante de calcular el 20% de básico sin antigüedad de un agente de planta permanente.
Que, lo solicitado cuenta con la pertinente autorización del Sr. Secretario de Gobierno.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: AUTORICESE al Departamento Liquidaciones a implementar la erogación que corresponde por Bonificación por chofer, equivalente al 20% de básico sin antigüedad de un agente de planta permanente a los agentes que a continuación se detallan:
Morete, Claudio leg 1055
Blehn, Guillermo leg 1082
Muguerza, Gustavo leg 1152
Blazon, Jorge leg 2297
Garcia, Hector leg 2298
Daca, Rubén leg 2300
Barrios, Sergio leg 2353
De Biassi, Gustavo leg 1118
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretario de Gobierno Marina Natalia Blanco.
ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno