Boletines/Mercedes

Resolución Nº355/2021

Resolución Nº 355/2021

Mercedes, 17/05/2021

Visto

El expediente Nº 8206 del año 2018 caratulado: “FIORI WALTER DANIEL S/ PLAN DE VIVIENDA O TERRENO”, por el cual solicita acceder al Programa “Mi Terreno”, y:

Considerando

Que en virtud de procurar una eficiente gestión administrativa municipal, se realiza un cruzamiento de datos entre la Dirección de Tierras y Hábitat y la Secretaría de Desarrollo Social, del que surge que el peticionante de autos se encuentra inscripto en el Programa “Mejora Habitacional”, y ha recibido 18 vales de materiales para realizar una construcción en un inmueble con ánimo de vivienda permanente;

Que con fecha 20 de noviembre de 2020 fue notificado mediante cédula que debía presentar un descargo por escrito ya que incumpliría con el artículo 19°, inciso 3° de la Ordenanza 7289/2017; en el plazo perentorio de 10 (diez) días de recibida, bajo apercibimiento de dar por desistida su solicitud por obstrucción a la investigación;

Que con fecha 30 de noviembre de 2020 presentó un descargo informando que los materiales recibidos fueron para vivir en la casa de una familia amiga que le prestaba una habitación para terminar de arreglarla y esté en condiciones para habitarla; y que en este momento se encuentra alquilando un inmueble con su madre;

Que en reiteradas oportunidades (fechas 18/12/2020 en ambos domicilios y 17/03/2021 sirviendo la misma como último aviso); se lo intimó a que presente el contrato de alquiler vigente y debidamente certificado en el plazo perentorio de 10 (diez) días hábiles, bajo apercibimiento de dar por desistida la solicitud por obstrucción a la investigación de su condición de vivienda actual;

Que al día de la fecha el Sr. FIORI no presentó la documental requerida obstruyendo así el proceso de investigación de cumplimientos de requisitos establecido por la Ordenanza Municipal 7289/2017;

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Directora de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N° 1405/18, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1°: Denegar la solicitud de ingreso al Programa “Mi Terreno” al Sr. FIORI WALTER DANIEL con DNI: 31.618.772 incomparecencia injustificada y obstrucción de investigación del cumplimiento establecido en el artículo 19° de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017.-

Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art. 65 y 86 de la Ordenanza General N° 267/80.-

Artículo 3°: Previo archivo, hágase las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).