Boletines/Magdalena

Ordenanza Nº3854/21

Ordenanza Nº 3854/21

Magdalena, 21/04/2021

VISTO:

El Expediente letra I Nº 319/21 mediante el cual se propicia la realización de una Operación de Leasing por parte del Municipio con Provincia Leasing S.A. y

CONSIDERANDO:

Que el sistema de Salud se encuentra en la necesidad de contar con más equipamiento para mejorar sus prestaciones y así satisfacer las necesidades de la comunidad.

Que el departamento ejecutivo entiende como conveniente el mencionado tipo de operatoria a realizarse para la adquisición de un Tomógrafo Computado, para ser instalado en el Hospital “Santa María Magdalena”.

Que el mismo será mediante la modalidad Leasing, solicitado a Provincia Leasing, del Banco de la Provincia de Buenos Aires, la cual está vigente para los Municipios de la Provincia de Buenos Aires.

Que cara ello se hace necesaria la autorización del Honorable Concejo Deliberante y del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Facultase al Departamento Ejecutivo a realizar con Provincia Leasing S.A. una operación de Leasing.

ARTÍCULO 2º: La operatoria que se autoriza estará sujeto a las siguientes condiciones:

  • Tipo de Operación: Leasing:
  • Destino: 1 Tomógrafo Computado Multicorte, helicoidal de 32 cortes.
  • Monto: Veinticinco millones ($ 25.000.000.-)
  • Cantidad de Cuotas: hasta 61 meses.
  • Tasa de Interés: Badlar Privada Promedio +9.5 pts.

ARTÍCULO 3º: El Departamento Ejecutivo preverá en los instrumentos presupuestarios vigentes y en los futuros, los rubros y partidas necesarias para dar ingreso a los recursos referidos y egresos de los fondos para atender los servicios de la deuda hasta la total cancelación.

ARTÍCULO 4º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir los Convenios y demás documentación que resulten necesarios a los fines de posibilitar la concreción de la presente operación.

ARTÍCULO 5º: Gírese la presente al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires a los efectos de que emita el Informe Técnico y de la Evaluación según lo dispuesto en las leyes 12462 y 13295.

ARTÍCULO 6º: Comuníquese, regístrese, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 21 DE ABRIL DE 2021.

Registrado bajo el Nº 3854/21.-

Firmado:

Raúl Gómez - Secretario H.C.D.

Mariel Semino - Presidente H.C.D.