Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº5118/2021

Ordenanza Nº 5118/2021

Trenque Lauquen, 19/03/2021

VISTO: La importancia de generar acciones que permitan visibilizar y concientizar sobre la igualdad de derechos y oportunidades como también el respeto a la diversidad sexual; (Exp. 6454/18 HCD.), y

CONDISERANDO: Que nuestro país es pionero en leyes relacionadas a los Derechos Humanos, y en particular a las que abordan cuestiones de género y diversidad, como la Ley Nacional N° 26.150, “Ley de educación sexual integral” sancionada en octubre de 2006; la Ley N° 26.618 de Matrimonio Igualitario, sancionada en julio 2010; y la Ley N° 26.743, “De identidad de género”, sancionada en Mayo de 2012;

Que las personas de la comunidad LGBTIQ+ (de Lesbianas, Gays, Transexuales, Travestis, Transgéneros, Bisexuales, Intersex y Queers) sufrieron, a lo largo de la historia, discriminación, y actos homofóbicos por el solo hecho de su orientación sexual;

Que, a partir de 1997, en respuesta a los años de marginación y exclusión por parte de una sociedad patriarcal, la marcha del “Orgullo LGBT de Buenos Aires” pasa a celebrarse el primer sábado del mes de noviembre, en conmemoración del 30º aniversario de la fundación de "Nuestro Mundo", el primer grupo homosexual de Argentina y de toda Latinoamérica;

Que cada año, en el mes de noviembre en diferentes puntos del país se celebra “La semana del orgullo LGTBIQ+” que busca a través de intervenciones culturales, como marchas, bandas musicales diversas, obras teatrales, confección de murales, etc. la igualdad de derechos para las personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans, Intersexuales y Queers;

Que son varios los municipios de la Provincia de Buenos Aires que hoy en día cuentan con sendas peatonales que han sido resignificadas en torno a la igualdad y diversidad con el fin de lograr conciencia ciudadana sobre la igualdad de derechos y oportunidades con un profundo respeto a la diversidad sexual;

Que Mar del Plata, La Plata y Chascomús son algunos de los que ya implementaron la iniciativa, la cual tuvo muy buena participación por parte de la ciudadanía, buscando una sociedad más justa;

Que el objetivo de este proyecto es acompañar la lucha constante por la No discriminación de este Colectivo, y fomentar el respeto por la diversidad sexual;

Que a través de la “Senda Peatonal por la Diversidad”, se buscará generar conciencia ciudadana sobre la igualdad de derechos y oportunidades, en profundo respeto a la diversidad sexual.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELEBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1º.-) Créase la “Senda Peatonal por la Diversidad”, en las localidades de Beruti, 30 de Agosto y Trenque Lauquen.

Artículo 2º.-) La ubicación de la “Senda peatonal por la Diversidad” en las tres localidades, será disposición de la Autoridad de Aplicación que el Departamento Ejecutivo resuelva.

Artículo 3º.-) Se entiende por “Senda Peatonal por la Diversidad” al pintado de sendas peatonales con los colores que identifican a la comunidad LGBTIQ+ (Lesbianas, Gays, Transexuales, Travestis, Transgéneros, Bisexuales, Intersex y Queers).

Artículo 4º.-) La Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo, durante la “Semana de Provincial del Orgullo LGBTIQ+”, la realización de distintas actividades para la visibilización y concientización sobre la igualdad de derechos y oportunidades, como así también el respeto por la diversidad sexual.

Artículo 5º.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTIUNO.

Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante

Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 0607/2021 – 22/03/2021

Firma: Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal.

Dr. Gustavo A. Marchabalo – Secretario de Gobierno.