Boletines/Trenque Lauquen
Ordenanza Nº 5144/2021
Trenque Lauquen, 07/05/2021
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
En fecha 24/9/2020 mediante Decreto N° 1367/2020 se procedió a llamar a Licitación Pública N° 02/2020 para el día 23/10/2020 para la ejecución de 27 perforaciones de explotación con destino a la zona norte de la ciudad de Trenque Lauquen.
La Licitación fue convocada en el marco del convenio firmado con el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) para la ejecución de 27 pozos de agua "de bajo caudal", aproximadamente tres metros cúbicos/hora cada uno, con sus respectivas bombas que estarían ubicados sobre calle Vicente López entre Tala y Avenida Kirchner.
El presupuesto oficial de la obra ascendía a los $ 18.249.551 (IVA incluido). El plazo de ejecución de la misma se estableció en seis meses e incluía además la construcción de 30 casillas de protección para las bombas, un tablero central de comando y un acueducto de vinculación (de 1.400 metros de extensión) de todos esos pozos con la red de distribución de agua.
Se presentaron en la apertura de sobres dos oferentes, siendo de las propuestas presentadas por la firma Hughes y Morris Arquitectos SRL., por un presupuesto de $ 16.438.548,64 y la otra por la Empresa Plusagua, de la ciudad de Bahía Blanca, que ingresó dos alternativas, una por un monto de $23.822.730,71 y la otra de $22.157.856,94.
En fecha 9/12/2020 se procedió a adjudicar la Licitación mencionada a la empresa Hughes y Morris Arquitectos SRL, por un presupuesto de $16.438.548,64.
Paralelamente, y durante el proceso licitatorio, vecinos del sector norte de la ciudad se movilizaron y presentaron ante el Departamento Ejecutivo manifestando su preocupación en torno a la ejecución de la obra y plantearon la posibilidad de explorar otras soluciones para la ciudad que no impliquen la explotación y posible salinización del lente de agua en cuestión.
Entre las alternativas propuestas se acordó la exploración de una zona distante a unos 1000 metros de la zona prevista a fin de evaluar la posibilidad de extraer el recurso de un lugar más alejado al de residencia de los interesados.
El Departamento Ejecutivo, en acuerdo con la Empresa adjudicataria, quien accedió a no comenzar con los trabajos hasta tanto se resolviera la incertidumbre planteada, evaluó la petición y procedió a solicitar al Dr. Jorge R. MUGNI Hidrogeólogo la realización de las tareas de exploración de la zona indicada.
Llevado a cabo el estudio mencionado, el resultado fue negativo, esto significa que en la zona explorada no se encontraba el recurso hídrico pretendido.
Asimismo, toda vez que la materialización de la obra implica manipulación del recurso hídrico subterráneo cuyo contralor se encuentra a cargo de la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires, paralelamente a lo expuesto se procedió a tramitar por ante dicho organismo los permisos y autorizaciones de intervención pertinentes.
En estas condiciones, y no habiéndose podido dar comienzo hasta la actualidad con la obra objeto de la Licitación indicada a causa de las circunstancias expresadas, se impone la necesidad de dejar sin efecto la vinculación originada en la adjudicación recaída mediante Decreto 1878/2020 a la Empresa Hughes y Morris Arquitectos SRL, en virtud de haberse dilatado los tiempos de ejecución previstos y haber quedado absolutamente desactualizado el presupuesto con el que la misma licitara y le fuera adjudicada.
Por lo expuesto precedentemente se propicia la norma en cuestión (Exp. N° 6506/2020HCD.).
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:
O R D E N A N Z A
ORDENANZA
Artículo 1º.-) Autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder a suscribir con la empresa Hughes y Morris Arquitectos SRL, en tanto adjudicataria de la Licitación Pública Nº 02/2020 para la ejecución de 27 perforaciones de explotación con destino a la zona norte de la ciudad de Trenque Lauquen, la documentación que resulte necesaria a fin de dejar sin efecto la vinculación originada en la adjudicación recaída mediante Decreto 1878/2020.
Artículo 2º.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SANCIONADA A TRAVÉS DE SISTEMA DE VIDEOCONFERENCIA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTIUNO.
Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Promulgación: Decreto N° 0998/2021 – 17/05/2021
Firma: Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal.
Dr. Gustavo A. Marchabalo – Secretario de Gobierno.