Boletines/Trenque Lauquen

Resolución Nº529/2021

Resolución Nº 529/2021

Trenque Lauquen, 04/06/2021

Visto

El atentado con un artefacto explosivo qué estalló en el local del FRENTE DE TODOS de la ciudad de BAHIA BLANCA en la madrugada del martes 25 de Mayo del corriente año (Exp. 6534/2021 HCD.); y

Considerando

Que dicho acto aberrante y gravísimo tuvo una clara connotación política y contraria a la convivencia pacífica del pueblo argentino;

Que en dicho atentado se dejaron panfletos que evidencian la intencionalidad política del hecho con la amenaza de "empezar la purga contra la militancia";

Que afortunadamente dicho atentado no arrojo heridos, pero afecto un emblemático estado partidario del Frente de Todos. El Ateneo NESTOR KIRCHNER, que es utilizado fundamentalmente por jóvenes;

Que la República Argentina, y es la esperanza de quienes representamos la democracia, ha dejado atrás y para siempre, la violencia más atroz que implementó la dictadura Cívico Militar;

Que este tipo de atentados y amenazas nos retrotraen a esa época oscura donde se persiguió, torturó, secuestró y desapareció a 30.000 compañeros y:compañeras no sólo del campo popular, sector al que se dirige el panfleto amenazante dejado en el lugar de la explosión, sino también de distintos partidos políticos y sectores sociales;

Que es urgente que todos los, sectores sociales, sea de la ideología que fuera, repudie enérgicamente estos atentados, que no son contra un espacio político sino contra la democracia.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:

R E S O L U C I Ó N

Artículo 1º.-) El Honorable Concejo Deliberante .de Trenque Lauquen expresa su más enérgico repudio al atentado perpetrado contra el local del Frente de todos "ATENEO NESTOR KIRCHNER" de la ciudad de Bahía Blanca, donde explotó un artefacto explosivo como así también a las amenazas antidemocráticas manifestadas a través de distintos panfletos dejados en el lugar del atentado.

Artículo 2º.-) Solicitar al Poder Judicial, de dicho Departamento Judicial, el rápido esclarecimiento de este atentado.

Artículo 3°.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

SANCIONADA A TRAVÉS DE SISTEMA DE VIDEOCONFERENCIA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIUNO.

Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante

Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante