Boletines/Hipólito Yrigoyen
Decreto Nº 887/2017
Hipólito Yrigoyen, 21/11/2017
Visto
El Decretos 180/17 y sus modificatorios 420/17 y 671/17 que establecen la bonificación por funcionalidad y la necesidad de reconocer al personal jerárquico respecto a la responsabilidad e importancia de sus funciones, y
Considerando
Que es necesario modificar el Artículo primero del mismo en el sentido del tipo de bonificación que se está otorgando adecuándolo a la normativa vigente.-
Que en el Articulo 7mo. de la Ordenanza Complementaria del Presupuesto de Gastos, aprobado por Ordenanza N° 17/16 indica que las Bonificaciones que correspondan al personal serán las que fije la Ley 14.656,-
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS
Art.- 1: Establézcase con retroactividad al 1° de Octubre de 2017 una Bonificación por funcionalidad para el Personal Jerárquico, siendo la misma sujeta a aportes.-
Art.- 2: Asígnese la bonificación creada en el artículo anterior a los siguientes funcionarios:
Intendente Municipal: $ 16.686 (pesos dieciséis mil seiscientos ochenta y seis).-
Sec. de Gob. y Hacienda: $ 9.477 (pesos nueve mil cuatrocientos setenta y siete).-
Contador: $ 10.530 (pesos diez mil quinientos treinta).-
Tesorero: $ 9.270 (pesos nueve mil doscientos setenta).-
Directores de: Salud, Hospital, Vial, D. Social, Cultura, Producción y Desarrollo Local, Presupuesto, Gestión, Compras, Informática, Servicios Urbanos, Obras y Servicios, Deportes, Catastro, Adm. Hospital, Bromatología, Ingresos Públicos, Secretario Legal y Técnico y Delegado de Herrera Vegas (Cat. 05)- Sub Contadora: $ 8.181 (pesos ocho mil ciento ochenta y uno).
Directora de Cruhy, Personal: $ 9.090 (pesos nueve mil noventa).-
Jefes Jerárquicos: $ 4.536 (pesos cuatro mil quinientos treinta y seis).-
Jefe Jerárquico Hospital: $ 9.713 (pesos nueve mil setecientos trece).-
Kinesióloga: $ 10.935 (pesos diez mil novecientos treinta y cinco).-
Cardiólogo $ 16.686 (pesos dieciséis mil seiscientos ochenta y seis).-
Art.3: Las bonificaciones dispuestas en el articulo 1° y 2° serán atendidas con cargo a: 1110102000 SEC.DE GOBIERNO Y HACIENDA 01 –ACCION COMUNAL- 16- DELEGACION HERRERA VEGAS- 1110103000 SEC.DE CULTURA- 16- ACCION CULTURAL- 01- CRUHY- – 17 DIRECCION DE DEPORTES- 18- DIRECCION DE CULTURA- 1110104000 SECRETARIA DE SALUD PUBLICA –16 HOSPITAL MUNICIPAL- 1110105000 SERVICIOS URBANOS -16 – ALUMBRADO PUBLICO –18 CONST. CONSERVACION DE LA VIA PUBLICA – 20- MEDIO AMBIENTE Y BROMATOLOGIA- 1110106000 SEC. DE OBRAS PUBLICAS-01- EJECUCION DE OBRAS PUBLICAS- 1110107000- SERVICIOS VIALES- 01- ACCION VIAL- 1110108000 DESARROLLO SOCIAL -17 – ATENCION DE ANCIANOS- 18- ACCION SOCIAL DIRECTA – 1110109000 PRODUCCION -01 DESARROLLO LOCAL Y PRODUCCION- 1100- PERSONAL PERMANENTE- 1.1.3.0. RETRIBUCIONES QUE NO HACEN AL CARGO.----------------------------
Art. 4°): Regístrese, comuníquese, Para su conocimiento y efectos correspondientes pase a la Oficina de Personal, siga a Contaduría y Tesorería. Agréguese copia del presente Decreto en el Legajo ---------------------------------
Jorge Cortés Gustavo Huala
Intendente Municipal Secretario de Gobierno y Hacienda