Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº1855/2020

Decreto Nº 1855/2020

Trenque Lauquen, 03/12/2020

1855-20 Ajuste de Valores Servicios Públicos - Obras - Enero 2021

Visto

Le necesidad de ajustar los valores de los diferentes servicios públicos que la Municipalidad de Trenque Lauquen ejecutó, y;

Considerando

Que en las diferentes ordenanzas de obras públicas en relación a: gas, alumbrado peatonal y sodio, cloacas, cordón cuneta y pavimento se contemplan diferentes fórmulas de ajustes de las obras convenidas con los frentistas.

Que el Departamento Ejecutivo ha solicitado al Secretario de Obras y Servicios Públicos realice un estudio de los costos de cada uno de los servicios, a fin de ser aplicados en las diferentes normativas de la comuna.

Que en las diferentes ordenanzas los valores establecidos se encuentran sujetos a la legislación vigente en la materia y las variaciones de costos que en más o en menos se produzcan según prorrateos en las cuotas no devengadas.

Que numerosos vecinos solicitan nuevas o ampliaciones de obras, por lo cual es necesario establecer un costo de las mismas por metro lineal, a fin de que tomen conocimiento su valor y al mismo tiempo las correspondientes adhesiones.

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTICULO 1º.- A partir del 1° de Enero de 2021 se aplicarán los siguientes valores establecidos para las diferentes obras públicas de la Municipalidad de Trenque Lauquen, que se encuentran sujetas a la legislación vigente en la materia y a las variaciones del costo en más o en menos que se produzcan según los prorrateos realizados por la Subsecretaría de Servicios Públicos, a fin de ser aplicadas en las cuotas no devengadas y futuras por los contribuyentes.-

ARTICULO 2º.-  ALUMBRADO PEATONAL: 10 columnas por acera. Se establece como costo de la obra $ 5.541,00 (Pesos CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO CON 00/100) por metro lineal. Cuando se procede a retirar las columnas altas se produce una bonificación, quedando como valor de $ 5.175,00 (Pesos CINCO MIL CIENTO SETENTA Y CINCO CON 00/100).-

ALUMBRADO PEATONAL LED: 10 columnas por acera. Se establece como costo de la obra $ 8.094,00 (Pesos OCHO MIL NOVENTA Y CUATRO CON 00/100) por metro lineal. Cuando se procede a retirar las columnas altas se produce una bonificación, quedando como valor de $ 7.671,00 (Pesos SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UNO CON 00/100).-

ARTICULO 3º.- ALUMBRADO PEATONAL: 5 columnas por acera. Se establece como costo de la obra $ 4.237,00 (Pesos CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 00/100) por metro lineal. Cuando se procede a retirar las columnas  altas  se  produce una  bonificación, quedando como valor de $ 3.852,00 (Pesos TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS 00/100).-

ALUMBRADO PEATONAL LED: 5 columnas por acera. Se establece como costo de la obra $ 5.305,00 (Pesos CINCO MIL TRESCIENTOS CINCO CON 00/100) por metro lineal. Cuando se procede a retirar las columnas altas se produce una bonificación, quedando como valor de $ 4.901,00 (Pesos CUATRO MIL NOVECIENTOS UNO CON 00/100).-

ARTICULO 4º.- ALUMBRADO A GAS DE SODIO: Se establece como costo de la obra por columna $ 83.395,00 (Pesos OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100).-

ALUMBRADO LED: Se establece como costo de la obra por columna $ 88.907,00 (Pesos OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SIETE CON 00/100).-

ARTICULO 5º.- RED CLOACAL: Se establece como costo de la obra pesos $ 4.211,00 (Pesos CUATRO MIL DOSCIENTOS ONCE CON 00/100) por metro lineal.-

ARTICULO 6º.- Se establece como costo de la obra:

CORDÓN CUNETA: $ 4.116,00 (Pesos CUATRO MIL CIENTO DIECISÉIS CON 00/100) por metro lineal.  -

CORDÓN SIMPLE: $ 2.314,00 (Pesos DOS MIL TRESCIENTOS CATORCE CON 00/100) por metro lineal.-

ARTICULO 7º.- PAVIMENTO: Se establece como valor actual al metro cuadrado de pavimento de  $ 3.196,00 (Pesos TRES MIL CIENTO NOVENTA SEIS CON 00/100).-

Ordenanza 2635/05: el valor establecido del prorrateo solidario resulta de la aplicación del artículo 5° de dicha Ordenanza, multiplicando por la totalidad de metros cuadrados del pavimento dividido por la totalidad de los metros cuadrados del terreno y por la cantidad de 180 cuotas. La variación de costo de las cuotas no devengadas y futuras resultará de la aplicación del artículo de esta norma, siendo el valor de $ $ 3.196,00 (Pesos TRES MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS CON 00/100) el metro cuadrado de pavimento y $ 4.116,00 (Pesos CUATRO MIL CIENTO DIECISÉIS CON 00/100) por metro lineal de cordón cuneta.

ARTICULO 8º.- GAS: Se establece como costo de la obra $ 4.125,00 (Pesos CUATRO MIL CIENTO VEINTICINCO CON 00/100) el metro lineal. El pago al contado tiene una bonificación del  15% quedando $ 3.506,00 (Pesos TRES MIL QUINIENTOS SEIS CON 00/100), mientras que los que lo hagan en tres (3) cuotas no recibirán ajustes ni descuento alguno. El plazo máximo establecido por la Ordenanza 136/89 es de cuarenta y ocho cuotas y para este caso se pueden producir actualizaciones. No incluye la válvula de servicio.-

ARTICULO 9º.- AGUA CORRIENTE: Se establece como costo de la obra $ 2.521,00 (Pesos DOS MIL QUINIENTOS VEITIUNO CON 00/100) por metro lineal. No incluye la provisión del servicio, el que será cobrado de acuerdo a la Ordenanza Fiscal.-

ARTICULO 10°.- Comuníquese, notifíquese, regístrese y cumplido archívese.-

Cdor. Alfredo Luis ZAMBIASIO
Secretario de Administración 
y Gestión Tributaria

Dr. Miguel Ángel FERNÁNDEZ
Intendente Municipal  de Trenque Lauquen