Boletines/Hipólito Yrigoyen

Decreto Nº603/21

Decreto Nº 603/21

Hipólito Yrigoyen, 07/06/2021

Expediente Nº 4057- 1688/21.-

 

DECRETO  N ° 603/21.-

Visto

Las actuaciones del expediente administrativo 4057-1688/21, mediante el cual la Directora de la Escuela de Educación Especial Nº 501, la Sra. Sandra H. Garrote, demanda la necesidad de la reparación del techo de las aulas 3 y 4 y Taller de armado; como consecuencia del siniestro ocurrido el día 14/05 se vieron afectadas por el incendio (tirantes, chapas, machimbre, entre otros), suscripta con la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN agregadas a fojas 3 y 4 del presente, planos y proyectos de obra agregados a fojas 6- 22.

Considerando

Que mediante Acta complementaria Nº4 que obra en autos se acuerda entre la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen y la Dirección General de Cultura y Educación, en el marco de las actuaciones administrativas caratuladas "LICITACIÓN PRIVADA- MANO DE OBRA Y MATERIALES PARA REPARACIÓN DE TECHO ESCUELA Nº501" (Expediente Nº 4057- 1688/21). Que en el marco de la citada emergencia se creó en el ámbito de la Dirección General de Cultura y Educación el “Programa Especial de Emergencia Educativa", destinado al financiamiento de obras de urgencia en materia de infraestructura educativa y de gastos derivados para el funcionamiento y mantenimiento de los establecimientos educativos de gestión estatal, incluyendo la adquisición y contrataciones de obras, bienes y servicios que resulten esenciales. Que la Ley Nacional N° 26.075 estableció, por el plazo de CINCO (5) años, una asignación específica de recursos coparticipables en los términos del inciso 3 del articulo 75 de la Constitución Nacional con la finalidad de garantizar condiciones equitativas y solidarias en el sistema educativo nacional. Por su parte, el articulo 19 de la Ley Nacional N° 27.467 estableció la vigencia para el ejercicio 2019 de la mencionada norma asegurando el reparto automático de los recursos a los municipios para cubrir gastos estrictamente ligados a la finalidad y función educación La Ley N° 15.078 de Presupuesto de la Provincia de Buenos Aires, prorrogada por el articulo 24 de la Ley N° 15.165, estableció qué porcentaje de los recursos de afectación especifica que perciba la Provincia en virtud de la vigencia del articulo 19 de la Ley Nacional N° 27.467, serán transferidos diaria y automáticamente a los Municipios para cubrir gastos relacionados con la finalidad y función educativa. Que en el marco de dicho convenio la Comuna, dentro del ámbito territorial de su Distrito, es responsable de ejecutar las obras que se detallaran en las Actas Complementarias que se suscribirán en el marco del presente, en las que se definirá un plan de trabajo, de acuerdo a las Especiaciones Técnicas, Memoria Descriptiva, Cómputo, Presupuesto y demás documentación técnica correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 y siguientes de la Ley N° 15.165. Que resulta necesaria la contratación de un tercero para la ejecución de la Obra.- Que por su parte, la Ley Orgánica para las Municipalidades establece en el art. 283 bis la actualización de los valores que rigen en relación a los articulos 133, 138, 145, 151, 152, 159, 191 y 223 de la misma.- Que previamente la Dirección de Compras y Secretaria de Asuntos Legales se ha expedido en cuanto al procedimiento para la adquisición, comprendiéndose conforme lo prescribe el art. 133, 153 y conc, y 283 bis de la Ley Orgánica para las Municipalidades, correspondiendo llamar a Licitación Privada,- Que la Contaduría Municipal se ha expedido en relación a las partidas con las cuales serán atendidas las erogaciones pertinentes que demanden la obra.-

Por ello, haciendo uso exclusivo de las facultades que la ley le confiere EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN:

DECRETA

 

ARTÍCULO PRIMERO: LLAMESE A LICITACION PRIVADA Nº 07/2021 PARA LA REPARACION DE TECHO DE ESCUELA DE EDUCACION ESPECIAL Nº 501, de las aulas 3 y 4 y Taller de armado, como consecuencia del siniestro de incendio ocurrido el 14/05/2021.

 

ARTICULO SEGUNDO: APRUEBESE el pliego de cláusulas generalas y pliego de cláusulas particulares que forman parte del presente y los respectivos nueve anexos.-

 

ARTICULO TERCERO: FÍJESE la fecha de apertura de sobres de ofertas para el día 14 de JUNIO de 2021 a las 11.30 HS. en la Oficina de Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen.

 

ARTICULO CUARTO: FÍJESE de fecha de entrega de propuestas hasta el día 14 de JUNIO de 2021 hasta las 11.00 HS. en la Mesa de Entradas de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen.

 

ARTICULO QUINTO: Establézcase como presupuesto Oficial la suma de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS DIECIOCHO CON SETENTA Y UN CENTAVOS ($ 2.351.718, 71). La obra será financiada en su totalidad con los fondos provenientes del programa especial de emergencia educativa conforme acta IV. Que los plazos de pago de anticipo y certificación de obra estarán supeditados a la recepción de dichos montos por parte de la comuna.-

 

ARTÍCULO SEXTO: Las ofertas deberán cumplimentar los requisitos detallados en los pliegos de bases y condiciones generales y particulares y sus respectivos anexos. ALCANCE DE LOS TRABAJOS. Las ofertas deberán cumplimentar con los requisitos detallados en los Anexos respectivos. La contratación comprende los trabajos que a continuación se detallan: La obra incluye como trabajos preparatorios el retiro de cañerías de instalaciones ya existentes, y la extracción de cubierta de chapa completa. Respecto de cubiertas y techados, tirantearía vista de madera, arreglar una cabreada ya existente, colocar machimbre a la vista y techo de chapa aluminizada, con su correspondiente aislación (esta determinado en el plano). En el otro sector se debe cambiar tirantería de madera, aislación y chapa aluminizada, pero no es cielorraso visto. Solo en dos aulas determinadas en plano se cambiara cielorraso de machimbre por cielorraso de placas con tirantes de aluminio y cambiarle la pendiente. Para ello se requerirán 40 m2 de chapas aluminizadas Cincalum Nº 25 sobre estructura de madera vista completa; 130 m2 Rep. de cubierta (reemplazo de chapas aluminizadas Nº 25, clavaderas y aislación térmica e hidrófuga); aislación sobre entablonado con ruberoide (incluye listones de fijación): y 48 m2 de placas desontables aislantes sobre estructura de perfiles galvanizados. Reparar las cargas en los techos y colocar babetas en todas las cubiertas nuevas.- Reparar instalación eléctrica dañada, especialmente cableado. Para ello se requerirá la colocación de artefactos de reparación general global. Y finalmente la limpieza de la obra. Todas las medidas y ubicación, se encuentran determinadas en plano.

 

ARTICULO SEPTIMO: CONSULTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS. Los pliegos y toda la documentación que integra las bases de la licitación podrán consultarse en la Dirección de Obras Publicas de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen, sito en calle Mariano Moreno y España. Los Pliegos serán entregados sin costo por la Dirección de Compras a los invitados a cotizar en el marco del concurso de precios.-

 

ARTICULO OCTAVO: PLAZO DE OBRA. Para el cumplimiento del contrato se ha fijado un plazo de TREINTA días (30) días corridos, contados a partir de la fecha del acta de inicio de obra. Se deberá prever el trabajo en doble turno, nocturno, fines de semana, feriados, etcétera, sin que ello represente o genere derecho a mayores costos o adicionales de ninguna naturaleza. Para el ingreso de personal de la CONTRATISTA los fines de semana y/u horario nocturno, se solicitará autorización para cada fecha concreta a la Inspección de Obra.

 

ARTÍCULO NOVENO: VISITA DE OBRA. Es obligación del Proponente efectuar una visita a la obra. No se podrá alegar desconocimiento del lugar donde se ejecutarán las tareas, sus caminos de acceso, o cualquier tipo de información 5 relativa a las condiciones locales que puedan influir sobre la ejecución de los trabajos y se deberá comprometer al estricto cumplimiento de las obligaciones emergentes a esta contratación y abstenerse de presentar cualquier tipo de reclamo alegando desconocimiento o falta de información sobre dichas cuestiones. La sola presentación de la oferta, lleva implícita la declaración expresa de que el PROPONENTE, se ha compenetrado de toda la DOCUMENTACION del concurso, así como de las características especiales del mismo; no pudiendo por lo tanto alegar posteriormente dudas o desconocimiento al respecto. Se considera que cada PROPONENTE, al formular la PROPUESTA, la ha hecho con perfecto conocimiento de causa y que se ha trasladado a la zona donde se proyecta efectuar los trabajos de la licitación, a fin de informarse debidamente: a) de las condiciones del terreno, de medianeras y linderos. b) de los posibles inconvenientes que se opongan a una normal ejecución de las obras c) de las condiciones de provisión de agua, energía eléctrica, obras sanitarias, disponibilidad de materiales y mano de obra. d) de todo cuanto pueda influir en el justiprecio que haga de la obra e) de las condiciones establecidas por las normas de edificación de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen. El PROPONENTE que resulte ADJUDICATARIO, no podrá alegar posteriormente causa alguna de ignorancia o imprevisibilidad, en lo referente a las condiciones de la realización de los trabajos y será único responsable de los errores u omisiones en que hubiere incurrido su oferta.

ARTICULO DECIMO: CAPACIDAD CIVIL DEL PROPONENTE. Pueden ser Proponentes las personas físicas, empresas unipersonales y sociedades que reúnan las siguientes condiciones: 1) Que estén inscriptos en el Registro Municipal de proveedores. 2) Deben contar con todas las inscripciones y/o habilitaciones requeridas en el ordenamiento laboral, en el sistema de seguridad social, por las normas impositivas, nacionales, del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, y por los demás organismos administrativos de control o fiscalización que correspondan por el tipo de actividad y/o por la naturaleza del sujeto. No serán admitidos como PROPONENTES: a) los quebrados o concursados, mientras no hayan sido rehabilitados. b) los inhabilitados por condena judicial. 6 c) las empresas que hayan incurrido en incumplimiento en contratos anteriores suscritos con la Provincia de Buenos Aires o la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen. d) los que se encuentren suspendidos o inhabilitados en el Registro de proveedores de Obras Públicas de la Municipalidad. e) los que sufran inhibición general de bienes. f) los deudores morosos de la Municipalidad, salvo que regularicen su situación con anterioridad a la fecha fijada para la apertura de los sobres. De la misma manera, podrán presentar, junto con la propuesta económica, una nota de solicitud de compensación de deuda, en caso de resultar adjudicatario, lo cual se realizará con el pago del anticipo, en su caso, o con los respectivos pagos de certificados de obra. g) los que tengan pedido de concurso de acreedores o de quiebra en trámite. h) Los que revistieren el carácter de funcionarios, empleados, contratados o cualquier otra naturaleza de relación de empleo con el Estado municipal. i) Tampoco los que se encuentren inhabilitados por el Banco Central de la República Argentina para operar en cuentas corrientes.

 

ARTICULO DECIMO PRIMERO: PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS La presentación de las Propuestas se realizará en el lugar, fecha y hora que se indique en la convocatoria. Los invitados a cotizar deberán tener en cuenta al formular su propuesta que estará a su cargo además de la mano de obra, herramientas y equipos y todo elemento que no quedando incorporado, resulte necesario para la ejecución de la misma. La cotización deberá incluir además de la carga y descarga de dichos materiales, todo otro trabajo que permita la realización completa de la obra, en un todo de acuerdo a sus especificaciones técnicas. La totalidad de los materiales serán provistos por el oferente. Se deberá contemplar materiales y mano de obra en su totalidad. La obra deberá entregarse según sistema llave en mano, donde esté absolutamente todo incluido. Las obras se contratarán por ajuste alzado sobre la base del monto total establecido por el Adjudicatario en su propuesta, que es una suma única y global inmodificable cualquiera sea la cantidad de provisiones, obras o trabajos realmente ejecutados para terminar totalmente la obra, de modo que las 7 certificaciones parciales se efectúan al solo efecto del pago a cuenta del total de la misma. Dentro del monto del contrato se entenderá incluido el costo de todos los trabajos, materiales, servicios y mano de obra que, sin estar explícitamente indicados en los documentos del contrato, o sin tener ítem expreso en el cómputo oficial o partida en la planilla de cotización del Oferente, sean de ejecución y/o provisión imprescindible para que la obra resulte en cada parte y en su todo concluida con arreglo a su fin y a lo establecido en esos documentos. Asimismo, la presentación de la propuesta implica que el Oferente conoce y acepta la totalidad de las reglamentaciones y normas aplicables a la obra y/o su construcción. No se reconocerá diferencia alguna a favor del Oferente entre el volumen ejecutado en obra y el consignado en el presupuesto del contrato, salvo que las diferencias provengan de ampliaciones o modificaciones debidamente aprobadas por autoridad competente. La división en su caso del presupuesto oficial o de la planilla de cotización del Oferente en rubros o ítems con sus precios parciales, se efectúa con el exclusivo objeto de ordenar la certificación y pago de los trabajos a medida que se vayan realizando, pero de ninguna manera se entenderá que el precio parcial asignado representa el precio de ese rubro ítem, ya que para lo cotizado por el sistema de “ajuste alzado” solo se considerará un precio global y único por toda la obra.

 

ARTICULO DECIMO SEGUNDO: CONDICIONES Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA: La oferta se presentará redactada en idioma nacional, sin enmiendas, raspaduras o errores que no hayan sido debidamente salvados, con los precios expresados en moneda de curso legal en la República Argentina, en original, con todas sus hojas foliadas, firmadas y selladas por el oferente, representante legal o apoderado del mismo, en un único sobre cerrado sin ningún tipo de inscripción o membrete que identifique al Oferente, y que llevará como únicas leyendas las siguientes:

COMITENTE: MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN.                                                                                                                                                                                                         

LICITACION PRIVADA Nº 07/2021

DENOMINACION DE LA OBRA: MANO DE OBRA Y MATERIALES PARA REPARACION DE TECHO ESCUELA Nº 501

DENOMINACION DE LA OBRA: MANO DE OBRA Y MATERIALES PARA REPARACION DE TECHO ESCUELA Nº 501

FECHA DE APERTURA: 14 de JUNIO de 2021

HORA DE APERTURA: 11.30 hs

LUGAR: SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA. MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN.

Las cotizaciones serán formuladas en pesos y la modalidad de contratación será por ajuste alzado. Los proponentes deberán ofertar la ejecución de la obra por un precio total, con expresa exclusión de toda otra forma que implique la necesidad de un cálculo para llegar a dicho precio total. Es obligación del oferente la ejecución de la totalidad de las obras en el proyecto por ese único precio. Dentro del monto total asignado, deberán considerarse todos los trabajos, patentes, provisiones y prestaciones necesarias para que la obra resulte en definitiva totalmente terminada con arreglo a sus fines aunque no estén expresamente detallados en la documentación técnica contractual. La omisión de algún ítem en la documentación a presentar no exime al CONTRATISTA de la obligación de ejecutar la obra prevista de acuerdo a sus fines. El valor del ítem se considerará incluido en el monto del CONTRATO, no teniendo el oferente derecho a pago adicional alguno. Las enmiendas y raspaduras en partes esenciales de la propuesta deberán estar debidamente salvadas, quedando su aceptación definitiva reservada a juicio exclusivo de la Municipalidad. En caso de duda o discrepancia entre una cifra consignada en letras y en números, será válida la expresada en letras. También prevalecerá el original sobre la copia. El sobre contendrá: Requisitos esenciales: Será indispensable para la admisibilidad de la propuesta, la presentación de la siguiente documentación: a) Acreditación por parte del firmante de la propuesta de su facultad para obligar a la Empresa proponente. b) Formulario de la propuesta, firmada por el oferente, planilla de presupuesto y Formulario de Oferta, en cuyo monto se considerarán incluidos todos los impuestos vigentes hasta la fecha de la recepción definitiva total de la obra, 9 gastos generales, beneficios, cargas sociales, costos financieros, etc. En relación con el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A), el Comitente será considerado “IVA EXENTO” por lo cual el mismo no deberá estar discriminado. No deberá discriminarse Ingresos Brutos por considerarse un impuesto no trasladable. c) Depósito de la garantía de mantenimiento de la Propuesta o Póliza de Seguro de Caución. d) Decreto de llamamiento a la Licitación, invitación a cotizar, y Anexos todo debidamente firmado por el oferente Requisitos subsanables: La siguiente documentación podrá ser presentada en una instancia ulterior a la apertura de ofertas, siendo su incorporación necesaria para efectuar el análisis de las ofertas. Su presentación puede efectuarse conjuntamente con la oferta, de oficio por la empresa en una instancia posterior a la apertura de ofertas, o por requerimiento de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen por intermedio de las áreas técnicas competentes. Las empresas oferentes deberán acreditar inscripción en el Registro de proveedores de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen.- 1) Antecedentes Empresarios a) Domicilio del Proponente (Deberá denunciar su domicilio real y fijar domicilio legal en la ciudad de Henderson). b) Copia del Contrato Social o de los Estatutos, ambos debidamente inscriptos en la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA (IGJ), u organismo similar provincial, o en el Registro Público de Comercio correspondiente, con copia dcon copia de la última Acta de composición del Directorio y Órgano de Administración. c) Declaración de que en caso de controversias que pudieren suscitarse, las partes aceptan expresamente la jurisdicción de la Justicia en lo Contencioso Administrativo con asiento en el Departamento Judicial de Trenque Lauquen, renunciando a cualquier otro Fuero o Jurisdicción que pudiera corresponder. d) Declaración Jurada de no estar incurso en ninguno de los impedimentos para contratar con la Municipalidad. 2) Nómina de subcontratistas 10 Cuando el Proponente presente subcontratistas especializados que acrediten la experiencia en obras de complejidad equivalente a la requerida, necesarias para la admisibilidad de la Propuesta, deberá presentar asimismo el compromiso irrevocable de realizar el subcontrato con la Empresa. 3) Detalle del personal afectado a la obra 4) Detalle de los equipos a utilizarse. IMPORTANTE: Cuando la documentación respaldatoria presentada por los proponentes tuviera defectos formales, el interesado será intimado por el área técnica y/o la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen, a subsanarlo dentro del término de TRES (3) días contados a partir de la fecha de recibida la notificación; si no lo hiciera, y no se le otorgara prórroga para hacerlo, se desestimará la propuesta con pérdida de la garantía correspondiente. Los Proponentes podrán agregar los elementos que estimen convenientes para la mejor interpretación de la propuesta. La documentación será completa en lo que respecta a la información que permita verificar y comparar la calidad de la misma, en función de los requerimientos del Pliego. No obstante deberán presentar al área técnica toda documentación adicional que les sea solicitada a los fines de ampliar la información volcada en su propuesta. La presentación de la propuesta no dará derecho alguno a favor del PROPONENTE para su aceptación por parte de la Municipalidad, el cual se reserva además el derecho de requerir a los OFERENTES los análisis de precios o aclaraciones sobre aquellos ítem que considere conveniente, y de disponer de los libros, verificaciones contables etc., debiendo éstos facilitar las tareas, poniendo a disposición de la Municipalidad en cualquier momento, los elementos que ésta estime necesarios. Toda información suministrada por los Proponentes a requerimiento del Comitente tendrá carácter de declaración jurada. No obstante, las áreas técnicas podrán requerir a los proponentes, información adicional o aclaratoria que no implique la alteración de la propuesta presentada, ni quebrantamiento al principio de igualdad.

 

ARTICULO DECIMO TERCERO: GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA. Para cotizar en la presente licitación es obligatorio presentar la garantía de mantenimiento de la propuesta del UNO POR CIENTO (1%) del monto del Presupuesto Oficial la que podrá constituirse de las siguientes maneras: Dinero efectivo, depósito a la orden de la Municipalidad, giro o cheque certificado contra una entidad bancaria, pagare; Títulos de la deuda pública provincial o nacional que se tomarán por su valor nominal. Los intereses de los mismos pertenecen al titular y no acrecentarán la garantía; Fianza o aval bancario que deberá que deberá establecer como condiciones esenciales; Seguro de caución constituido al efecto.- El depósito de garantía de mantenimiento de la Propuesta, cuando sea en efectivo, deberá efectuarse en el BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Si la garantía se constituye en Póliza de Seguro de Caución, se deberá presentar en original y efectuarse a favor de la MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN. En todos los casos deberá hacerse constar en la garantía el número de licitación y el nombre de la repartición contratante.

ARTICULO DECIMO CUARTO: MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA Los Proponentes están obligados a mantener sus Propuestas por un plazo de TREINTA (30) días siguientes a la apertura. Este plazo se prorrogará automáticamente por períodos iguales, sin necesidad de requerimiento, salvo que el Proponente haga uso de su desistimiento, mediante presentación de nota por escrito, QUINCE (15) días hábiles administrativos antes del vencimiento de alguno de los períodos. Si desistiere de la Oferta en un período en el que se había comprometido mantenerla, perderá la garantía de mantenimiento de la propuesta.

ARTICULO DECIMO QUINTO: Las propuestas se abrirán el día y en la hora indicada, en presencia de las autoridades correspondientes e interesados que concurran, labrándose acta que será firmada por los representantes de la Municipalidad y demás asistentes del acto de apertura que así lo deseen. Si el 12 día fijado para la apertura de sobres fuera feriado o lo declarasen asueto administrativo, el acto tendrá lugar el primer día hábil siguiente a la misma hora.

ARTICULO DECIMO SEXTO: La Municipalidad de Hipólito Yrigoyen no reconocerá ningún cargo por ningún concepto, más allá de los precios cotizados. Todos los aranceles, tasas, fletes o impuestos para inscripciones en los pertinentes registros de propiedad, visado y registro de planos, y otros gastos involucrados, correrán por cuenta exclusiva de los Oferentes o de los Adjudicatarios, según corresponda.

ARTICULO DECIMO SEPTIMO: La adjudicación se efectuará conforme la Ley Orgánica Municipal y Reglamento de Contabilidad, el presente decreto y sus respectivos Anexos. En consecuencia, la Comuna resulta facultada para contratar podrá rechazar las propuestas o adjudicar, conforme a la mencionada normativa, sin que esto dé derecho alguno a los Oferentes cuyas propuestas fueron rechazadas.

ARTICULO DECIMO OCTAVO: DESIGNESE a la Comisión Municipal Permanente de Evaluación de Ofertas de Concursos y Licitaciones, instituida por Decreto Nº 303 /16 como responsable de evaluar y dictaminar en relación a las ofertas recibidas, sobre la conveniencia, aceptación y/o rechazo de las mismas conforme las prescripciones de la Ley Orgánica Municipal y el Reglamento de Contabilidad correspondiente. Dicha Comisión emitirá un informe que contendrá un pormenorizado estudio técnico económico y legal de cada una de las propuestas que estén en condiciones de ser preadjudicatarias y establecerá un orden de conveniencia. La oferta más conveniente será aquella que esté en un todo de acuerdo con las exigencias contenidas en el pliego licitatorio, conforme las previsiones establecidas en la legislación vigente. Cumplimentado lo precedente, el Departamento Ejecutivo Municipal procederá a la adjudicación, acto que también resolverá las eventuales impugnaciones que se hubiesen producido. No obstante, se dará prioridad de contratación a favor de personas físicas o jurídicas con domicilio y/o establecimiento comercial en el Partido, siempre que se configuren similares condiciones en cuanto a precio y calidad con respecto a 13 ofertas realizadas por personas físicas y/o jurídicas con domicilio comercial y/o establecimientos comerciales en otros Partidos o jurisdicciones territoriales. Dicha prioridad establecida, no podrá superar en un cinco (5) por ciento en precios o valores a las ofertas presentadas por sujetos no beneficiarios del principio referenciado. Cuando se disponga la adjudicación a un proponente cuya oferta no sea la de menor monto el D.E. deberá motivar las razones que inducen a dicha decisión, teniendo en cuenta las bases y condiciones de la Licitación. Dichas razones pueden ser: técnicas, económicas y/o de calificación de las empresas. El acto de adjudicación será notificado a todos los oferentes precalificados. Las impugnaciones a la adjudicación que eventualmente se presentaren, tramitarán por expediente por separado, formado con las copias pertinentes, sin interrumpir el trámite, del principal. Al efecto, cumplidas que sea el procedimiento, DESE intervención a dicho Organismo para el cumplimiento del cometido para el cual fue creado. 

 

ARTÍCULO DECIMO NOVENO: IMPUGNACIONES: Concluido el acto de apertura, se podrán efectuar impugnaciones al acto y/o contenido de las propuestas, para lo cual se establece un plazo de 3 (tres) días hábiles, contados a partir del día siguiente del acto de apertura. Cumplido el plazo establecido no se aceptarán más impugnaciones o reclamos. De las impugnaciones se dará traslado a los oferentes impugnados por el término de dos (2) días hábiles al solo efecto de que tomen conocimiento de la misma, y manifiesten, dentro de dicho plazo, lo que estimen pertinenterespecto de la impugnación. Queda establecido que no podrá acompañarse en tal oportunidad documentación que debió ser presentada en el sobre correspondiente. Cumplidos los trámites señalados precedentemente, en cuanto correspondiere, quedará concluido el período de vistas e impugnaciones. Las actuaciones quedarán reservadas para su evaluación por la Comisión respectiva.

 

ARTÍCULO VIGESIMO: Dese intervención a la Dirección de Compras, a efectos de proceder a dar cumplimiento al llamado a Licitacion privada, y 14 oportunamente, a la Secretaria de Gobierno a fin de la apertura de las ofertas  posteriormente al resto de las áreas interviniente.-

 

ARTÍCULO VIGESIMO PRIMERO: Regístrese, notifíquese, comuníquese y  cumplido Archivese.-

 

 

 

SECRETARIO DE GOBIERNO Y HACIENDA                                                   INTENDENTE MUNICIPAL

               Dr. Martín Arpigiani                                                                              Cdor. Luis Ignacio Pugnaloni

Anexos

ANEXO

LICITACION ESCUELA ESPECIAL

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