Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1109

Decreto Nº 1109

Mar Chiquita, 12/07/2021

Visto

    El Decreto Nro. 1101/21, y

Considerando

 Que el Decreto Nro. 1101/21 confirma la clausura dispuesta por la Dirección de Obras Privadas sobre la parcela 2 correspondiente a la nomenclatura IV-R-61.

             Que mediante el Acta de Clausura Nro. 00068/21 de fecha 10/7/21 los inspectores detectaron la rotura de las fajas de clausura que habían sido dispuestas mediante el Acta de Clausura Nro. 00012/21 y la continuación de la obra.

             Que dicho acto se encuadra dentro del artículo 35° del Código Contravencional de Faltas.

             Que la vulneración del artículo 35 del Código Contravencional de Faltas que dispone: “Queda prohibida toda alteración, o violación de sellos, precinto o fajas de clausura colocadas o dispuestas por la autoridad municipal en bienes inmuebles…         Por infringir la prohibición se aplicará una multa de 150 MP.”

             Que atento a las observaciones realizadas, corresponde confirmar la multa; 

  Por ello,

                                          EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

                                                                                                   DECRETA

ARTICULO 1º: APLIQUESE al propietario de la Parcela 2, de la Manzana 61, Sección R, correspondiente a la Circunscripción IV  una SANCION DE MULTA de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUATRO ($39.204.-) por vulnerar el artículo 35° del Código Contravencional y de Faltas.

ARTICULO 2º:  El monto de la multa aplicada en el artículo primero deberá abonarse en el plazo de diez (10) días hábiles de notificado el presente decreto, bajo apercibimiento de ejecución por vía judicial de apremio.

ARTICULO 3°: El presente decreto será refrendado por el Secretario General Arq. Walter M. Wischnivetzky.

ARTICULO 4º: NOTIFIQUESE al interesado en legal tiempo y forma, comuníquese a quienes corresponda y dese al Registro Oficial.