Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1114
Mar Chiquita, 13/07/2021
Visto
El decreto 1013/2021; y
Considerando
La nota presentada por el Secretario de Salud Dr. Pons Mauricio Antonio solicitando se amplié la carga horaria del Dr. Fernández Triviño Marcos Ariel, Leg. Nº 3624;
Que de acuerdo a lo previsto por la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo178º inc. 1) y concordantes, es facultad del titular del Departamento Ejecutivo designar a sus Secretarios, Directores, Asesores, Delegados Municipales y al personal temporario;
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
DECRETA
ARTICULO 1º: MODIFICASE, a partir del día de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive, la parte pertinente del Artículo 1º del Decreto 1013/21 respecto a la carga horaria asignada al Dr. Fernández Triviño Marcos Ariel, Leg. Nº 3624, la que quedará redactada de la siguiente manera:
FERNANDEZ TRIVIÑO, MARCOS ARIEL |
Leg 3624 |
DNI Nº 25.957.030 CUIL Nº 20-25957030-2. Matrícula Nº 94633. Fecha de nacimiento: 29-04-1977 Médico cardiólogo |
Consultorio especialidad: -- Lunes de 08:00 a 12:00 hs y de 12:00 a 16:00 hs en la Unidad Sanitaria de Santa Clara del Mar.- -- Martes de 09:00 a 17:00 hs en el Hospital Eustaquio Aristizabal.- --Miércoles cada 15 días de 08.00 a 12.00 hs en la Unidad Sanitaria de Santa Clara del Mar.- --Jueves de 09:00 a 17:00 en la Unidad Sanitaria de General Pirán.- --Viernes de 09:00 a 17:00 hs en Unidad Sanitaria de Santa Clara del Mar.- Prácticas médicas de consultorio.- |
ARTICULO2º: El gasto ordenado en los artículos 1º será imputado a la Jurisdicción 1110108000 - Secretaría de Salud – Programa 26 y 27 del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 3º: La Secretaría de Salud informará a la Contaduría Municipal las guardias médicas realizadas por los profesionales citados hasta el día 15 de cada mes.
ARTICULO 4º:El presente decreto será refrendado por el Secretario de Salud Dr. Mauricio Antonio Pons y el Secretario de General Arq. Walter M. Wischnivetzky.
ARTICULO 5º: NOTIFIQUESE, a los interesados en legal forma, comuníquese a quienes demás corresponda y dése al Registro Oficial.