Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1114

Decreto Nº 1114

Mar Chiquita, 13/07/2021

Visto

   El decreto 1013/2021; y

Considerando

La nota presentada por el Secretario de Salud Dr. Pons  Mauricio Antonio  solicitando se amplié la carga horaria del Dr. Fernández Triviño Marcos Ariel, Leg. Nº 3624;

Que de acuerdo a lo previsto por la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo178º inc. 1) y concordantes, es facultad del titular del Departamento Ejecutivo designar a sus Secretarios, Directores, Asesores, Delegados Municipales y al personal temporario;

Por ello,

                                            El INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

                                                                                                   DECRETA

ARTICULO 1º: MODIFICASE, a partir del día de la fecha  y hasta el 31 de diciembre  de 2021 inclusive, la parte pertinente del Artículo 1º del Decreto  1013/21 respecto a la carga horaria asignada al Dr. Fernández Triviño Marcos Ariel, Leg. Nº 3624, la que quedará redactada de la siguiente manera: 

FERNANDEZ TRIVIÑO, MARCOS ARIEL

Leg 3624

DNI Nº 25.957.030

CUIL Nº 20-25957030-2. Matrícula Nº  94633. Fecha de nacimiento: 29-04-1977

Médico cardiólogo

Consultorio especialidad:

-- Lunes de 08:00 a 12:00 hs y de 12:00 a 16:00 hs en la Unidad Sanitaria de Santa Clara del Mar.-

-- Martes de 09:00 a 17:00 hs en el Hospital Eustaquio Aristizabal.-

--Miércoles cada 15 días de 08.00 a 12.00 hs en la  Unidad Sanitaria de Santa Clara del Mar.-

--Jueves de 09:00 a 17:00 en la Unidad Sanitaria de General Pirán.-

--Viernes de 09:00 a 17:00 hs en Unidad Sanitaria de Santa Clara del Mar.-

Prácticas médicas de consultorio.-

ARTICULO2º: El gasto ordenado en los artículos 1º será imputado a la Jurisdicción 1110108000 - Secretaría de Salud – Programa 26 y 27 del Presupuesto de Gastos vigente.

 ARTICULO 3º: La Secretaría de Salud informará a la Contaduría Municipal las     guardias médicas realizadas por los profesionales citados hasta el día 15 de cada mes.

ARTICULO 4º:El presente decreto será refrendado por el Secretario de Salud Dr. Mauricio Antonio Pons y el Secretario de General Arq. Walter M. Wischnivetzky.

ARTICULO 5º: NOTIFIQUESE, a los interesados en legal forma, comuníquese a quienes demás corresponda y dése al Registro Oficial.