Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1228
Mar Chiquita, 30/07/2021
Visto
El Decreto N° 1013/2021; y
Considerando
La nota presentada por el Secretario de Salud solicitando se amplíe la carga horaria de los profesionales Dr. NADOR, RODOLFO CARLOS Leg. Nº 3598 y Dr. SAHORES. FRANCISCO DANIEL, Leg. N° 3452;
Que de acuerdo a lo previsto por la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo178º inc. 1) y concordantes, es facultad del titular del Departamento Ejecutivo designar a sus Secretarios, Directores, Asesores, Delegados Municipales y al personal temporario;
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
LEGALES
ARTICULO 1º: MODIFICASE, a partir del día de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive, la parte pertinente del Artículo 1º del Decreto N° 1013/21 respecto a la carga horaria asignada a los siguientes profesionales dependientes de la Secretaría de Salud:
NADOR, RODOLFO CARLOS |
Leg. 3598 |
DNI Nº 11.956.421 CUIL Nº 20-11956421-3. Fecha de nacimiento: 28/02/1956 Médico Anestesiólogo |
--Veinte (20) Módulos anestesista los días viernes en el Hospital Municipal de Coronel Vidal.- --Treinta y siete (37) módulos anestesista los días lunes y martes en el Hospital Municipal de Coronel Vidal.- |
SAHORES, FRANCISCO DANIEL |
Leg. 3452 |
DNI Nº 30.575.059 CUIL Nº 20-30575059-0 Fecha de nacimiento: 06/10/1983. Endocrinólogo |
Consultorio especialidad: -- Martes de 08:00 a 12:00 hs en el Hospital Municipal de Coronel Vidal.- --Jueves de 16:00 a 20:00 hs. en el Hospital Municipal de Coronel Vidal.- -- Viernes de 08:00 a 12:00 hs en la Unidad Sanitaria de Santa Clara del Mar.- --Lunes de 09:00a 17:00 hs. (2 módulos) en la Unidad Sanitaria de Santa Clara del Mar.- |
ARTICULO 2º: El gasto ordenado en el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción 1110108000 - Secretaría de Salud – Programas 26 y 27 del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 3º: La Secretaría de Salud informará a la Contaduría Municipal las guardias médicas realizadas por los profesionales citados hasta el día 15 de cada mes.
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Salud Dr. Mauricio Antonio Pons y por el Secretario de General Arq. Walter M. Wischnivetzky.
ARTICULO 5º: NOTIFIQUESE, a los interesados en legal forma, comuníquese a quienes demás corresponda y dése al Registro Oficial.