Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº927/2021

Decreto Nº 927/2021

Trenque Lauquen, 30/04/2021

927-2021 - PRIMER SORTEO GANADORES PREMIOS ESTÍMULOS - 30-04-2021

Visto y considerando

La Ordenanza Nº 5096/20, y su correspondiente Decreto Reglamentario Nº 199/2021, en el día de la fecha se llevó a cabo el sorteo previsto por las normativas citadas.-

Como resultado del mismo se obtuvieron 10 (diez) números de inmuebles favorecidos con una Orden de Compra por $ 40.000,00 (pesos cuarenta mil) cada uno. Consultado el sistema de control de deudas para las tasas de Alumbrado, Barrido, Conservación de la Vía Pública y Espacios Verdes, Servicios Sanitarios y Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, se observa que 6 (seis) de los inmuebles cumplen con los requisitos establecidos, vale decir, no registrar deuda, mientras que los 4 (cuatro) restantes no lo hacen. Por ende, el importe equivalente a los mencionados en último término, pasarán a engrosar el monto de premios estipulados para el sorteo del mes de agosto de 2021.-  

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Hágase saber que los inmuebles beneficiados en el sorteo llevado a cabo el día 30 de abril de 2021, haciéndose acreedores cada uno de ellos a una Orden de Compra por la suma de $ 40.000,00 (pesos cuarenta mil) cada uno, son los siguientes:

a) Inmueble Nº 30.392.-

b) Inmueble Nº 02.919.-

c) Inmueble Nº 21.679.-

d) Inmueble Nº 32.259.-

e) Inmueble Nº 19.865.-

f) Inmueble Nº 31.276.-

ARTÍCULO 2º: Hágase saber que los inmuebles que se detallan a continuación, y cuyos números fueron sorteados como ganadores, registran deuda por las tasas municipales indicadas en los Considerandos y, por ende, han perdido el derecho a obtener el premio estipulado:

a) Inmueble Nº 25.378.-

b) Inmueble Nº 18.296.-

c) Inmueble Nº 03.193.-

d) Inmueble Nº 18.754.-

Como consecuencia de lo así narrado, la suma de $ 160.000,00 (pesos ciento sesenta mil) pasa a acumular el premio establecido para el sorteo a llevarse a cabo en el mes de agosto.-   

ARTÍCULO 3º: Remítase copia del presente decreto a la Secretaría de Gobierno, Contaduría Municipal, Oficina de Fiscalización, Oficina de Compras, Subsecretaría de Modernización, Dirección de Prensa y Dirección de Obras Particulares.-   

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, publíquese, notifíquese, regístrese y cumplido archívese.-

Cdor. Alfredo Luis ZAMBIASIO
Secretario de Administración 
y Gestión Tributaria

Sr. Esteban VIDAL
Intendente Municipal  de Trenque Lauquen
INTERINO