Boletines/Magdalena

Ordenanza Nº3872/21

Ordenanza Nº 3872/21

Magdalena, 16/06/2021

VISTO:

El expediente letra I Nº 469/21 mediante el cual se propicia la realización de una operación Leasing por parte del municipio con Provincia Leasing S.A., y

CONSIDERANDO:

Que el municipio se encuentra en la necesidad de contar con más bienes de capital para mejorar su funcionamiento y así satisfacer las necesidades de la comunidad.

Que el Departamento Ejecutivo entiende como adecuado el mencionado tipo de operatoria a realizarse para la adquisición del equipamiento que permita satisfacer la demanda de los vecinos en cuanto al desagote de pozos y cámaras sépticas del distrito.

Que se encuentra vigente la línea especial de Leasing para los municipios de la Provincia de Buenos Aires de Provincia Leasing S.A. perteneciente al Grupo Bapro.

Que mediante la mencionada operatoria el Departamento Ejecutivo podrá contar con un camión con equipamiento y tanque atmosférico de 10.000 lts.

Que para ello se hace necesaria la autorización del Honorable Concejo Deliberante y del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires,

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Facultase al Departamento Ejecutivo a realizar con Provincia Leasing S.A. una operación de Leasing.

ARTÍCULO 2º: La Operatoria que se autoriza a contraer estará sujeto a las siguientes condiciones:

  • Tipo de operación: Leasing.
  • Destino: 1 camión marca IVECO, modelo EVO 170E28 con equipo atmosférico de 10.000 litros.
  • Monto total (sin IVA): $9.520.090,50
  • Cantidad de cuotas: 48
  • Canon mensual (sin IVA): $488.589,89
  • Tasa de interés: Badlar Privada Promedio + 9.5 Pts.
  • Comisión inicial: 2%
  • Gastos administrativos: 0.25% mensual

 

ARTÍCULO 3º: El Departamento Ejecutivo preverá en los instrumentos presupuestarios vigentes y en los futuros, los rubros y partidas necesarias para dar ingreso a los recursos referidos y egresos de los fondos para atender los servicios de la deuda hasta su total cancelación.

ARTÍCULO 4º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir los convenios y demás documentación que resulten necesarios a los fines de posibilitar la concreción de la presente operación.

ARTÍCULO 5º: Gírese la presente al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de que emita el informe técnico y de evaluación según lo dispuesto en las leyes 12462 y 13295.

ARTÍCULO 6º: Comuníquese, regístrese, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 16 DE JUNIO DE 2021.

Registrado bajo el Nº 3872/21.-

Firmado:

Raúl H. Gómez - Secretario H.C.D.

Mariel A. Semino - Presidente H.C.D.