Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº992/2021

Decreto Nº 992/2021

Trenque Lauquen, 14/05/2021

992-21. Prohibicion reuniones sociales y adhesion a multas Provincia

Visto

La situación epidemiológica actual en el Distrito de Trenque Lauquen en relación al Virus Covid-19 y el reciente encuadre de nuestro Municipio en Fase 2, conforme las disposiciones de la Resolución 1715/2021 de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires y sus Anexos, y

Considerando

Que mediante la misma la Provincia de Buenos Aires ha dispuesto determinadas medidas de restricción que resultan aplicables a nuestra localidad;

Que si bien el Municipio se encuentra imposibilitado de flexibilizar las mismas, sí posee a su alcance la posibilidad de adecuarlas tornándolas más restrictivas en aquellos casos que lo considerara necesario;

Que en relación específica a la actividad denominada por el nomenclador Provincial en el Anexo I de la Resolución mencionada “115. Eventos culturales, sociales, recreativos en espacios públicos al aire libre con concurrencia máxima”, la autoridad provincial ha resuelto permitirla con hasta un máximo de diez (10) personas;

Que el objetivo de este Departamento Ejecutivo, en el marco de la Pandemia que nos afecta, además de cumplir y hacer cumplir las medidas de carácter provincial, es implementar medidas locales de prevención focalizadas en la prevención y contención, a fin de mitigar la propagación del virus y su impacto sanitario,

Que en tal sentido, conociendo la realidad local y estimando dicha actividad en la actualidad como una de las que corresponde adaptar al encuadramiento otorgado por Provincia, se ha estimado conveniente restringir la misma.

Que cada jurisdicción puede y debe implementar estrategias específicas y adaptadas a la realidad local en relación con la prevención, la atención, el monitoreo y el control de su situación epidemiológica, debiendo identificar las actividades de alto riesgo, según la evaluación de riesgos en el ámbito regional correspondiente;

Que paralelamente a lo expuesto, sin perjuicio de las normas locales aplicables, se ha estimado conveniente proceder a adherir expresamente a las disposiciones del Decreto Nº 1/2021 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, en tanto establece que el incumplimiento de las normas dictadas en el marco de la pandemia ocasionada por la enfermedad COVID-19, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el Decreto-Ley N° 8841/77, conforme el procedimiento establecido por el Decreto N° 3707/98.

Que, por lo expuesto deviene necesario el dictado del presente acto administrativo;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTÍCULO 1°: Dispónese para todo el Distrito de Trenque Lauquen, durante el tiempo en que se mantenga el encuadramiento otorgado por Resolución 1715/2021 de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires y sus Anexos, la prohibición de los eventos o reuniones sociales o familiares en domicilios particulares, espacios cerrados o espacios públicos al aire libre, independientemente del número de asistentes.

ARTÍCULO 2°: Adhiérase el Partido de Trenque Lauquen a las disposiciones del Decreto Nº 1/2021 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, en tanto establece que el incumplimiento de las normas dictadas en el marco de la pandemia ocasionada por la enfermedad COVID-19, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el Decreto-Ley N° 8841/77, conforme el procedimiento establecido por el Decreto N° 3707/98; ello sin perjuicio de la vigencia de las disposiciones sancionatorias existentes en el ámbito local.

ARTICULO 3º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y oportunamente Archívese.-

Dr. Gustavo A. Marchabalo
Secretario de Gobierno          

Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen