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Ordenanza Nº3876/21

Ordenanza Nº 3876/21

Magdalena, 07/07/2021

V I S T O:

El Expediente letra I N° 469/21 mediante el cual se propicia la realización de una operación de Leasing por parte del municipio con Provincia Leasing S.A.

La Ordenanza N° 3872/21 por la cual se faculta al Departamento Ejecutivo a realizar con Provincia Leasing S.A. una operación de leasing.

C O N S I D E R A N D O:

Que el municipio se encuentra en la necesidad de contar con más bienes de capital para mejorar su funcionamiento y así satisfacer las necesidades de la comunidad.

Que el Departamento Ejecutivo entiende como adecuado el mencionado tipo de operatoria a realizarse para la adquisición del equipamiento que permita satisfacer la demanda de los vecinos en cuanto al desagote de pozos y cámaras sépticas del distrito.

Que se encuentra vigente la Línea Especial de Leasing para los municipios de la Provincia de Buenos Aires de Provincia Leasing S.A. perteneciente al Grupo Bapro.

Que debido a la inestabilidad de precios y de la cotización del Dólar, divisa con la cual se cotizan los bienes importados, se hace necesario modificar el valor establecido en la ordenanza N° 3872/21 para poder continuar ron la tramitación de la operatoria de Leasing y la correspondiente autorización del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires

Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Modifíquese el Artículo 2° de la Ordenanza N° 3872/21 de la siguiente manera:

"ARTICULO 2°: La operatoria que se autoriza a contraer estará sujeta a las siguientes condiciones:

- Tipo de operación. Leasing

- Destino. 1 camión con Equipo atmosférico con capacidad de 10.000 litros.

- Monto total. Hasta $ 11.000.000.-

- Cantidad de cuotas: hasta 48

- Tasa de interés. Badlar Privada Promedio + 9.5 pts

- Comisión Inicial: 2%

- Gastos Administrativos: 0.25% mensual

 

ARTICULO 2°: Gírese la presente al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de que emita el informe técnico y de evaluación según lo dispuesto en las leyes 12462 y 13295.

ARTICULO 3º: Comuníquese, regístrese, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 07 DE JULIO DE 2021.

Registrado bajo el Nº 3876/21.-

Firmado:

Raúl H. Gómez - Secretario H.C.D.

Mariel A. Semino - Presidente H.C.D.