Boletines/Magdalena

Ordenanza Nº3880/21

Ordenanza Nº 3880/21

Magdalena, 21/07/2021

V I S T O:

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra I346/2021 referente a Licitación Pública para adjudicar la "CONSTRUCCION DE NUEVA BATERIA DE SANITARIOS Y NUEVO SISTEMA CLOACAL PRIMARIO DE LA ESCUELA Nº 21 DEL PARAJE STARACCE, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES".-

C O N S I D E R A N D O:

Que, el Acto de Apertura del Llamado contó con la participación de UN SOLO (1) Empresas/Firmas del ramo MATTIODA, FABRIZZIO cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.

Que La firma Mattioda Fabrizzio cotiza la suma total de PESOS NUEVE MILL0NES SETECIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 18/100 CTVOS (9.713.477,18) lo que representa una disminución del 1.1% con respecto al presupuesto oficial.

Que, visto el informe emanado por la Comisión Evaluadora Fs. 274 considera que resulta conveniente a los intereses municipales la Oferta presentada por la Empresa MATTIODA, FABRIZZIO.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal a Fs. 118v avalando dicha Adjudicación.

Que, dicha Firma quedo como único oferente, por tal motivo el mismo será elevado al H.C.D. para que sirva autorizar la adjudicación, enmarcándose en lo establecido por el Art. 155 de la L.O.M.

Que, existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: ADJUDIQUESE a la Empresa/Firma “MATTIODA, FABRIZZIO" (CUIT Nº 20-3693644-7) por una suma total de PESOS NUEVE MILLONES SETECIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 18/100 Ctvos (9.713.477,18) para adjudicar la "CONSTRUCCION DE NUEVA BATERIA DE SANITARIOS Y NUEVO SISTEMA CLOACAL PRIMARIO DE LA ESCUELA Nº 21 DEL PARAJE STARACCE, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES" cuya documentación obra en el expediente Ut Supra mencionado.

ARTICULO 2º: - AFECTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 5.000, Programa 25 Partida 4.2.1.0  "Construcción en bienes de dominio Privado" con Fuente de Financiamiento 132 de Origen Provincial.-

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, Regístrese, Archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 21 DE JULIO DE 2021.-

Registrado bajo el Nº 3880/21.-

Firmado:

Raúl H. Gómez - Secretario H.C.D.

Mariel A. Semino - Presidente H.C.D.