Boletines/Magdalena
Decreto Nº 909
Magdalena, 19/07/2021
Visto
El expediente Letra I Nº 932 / 20, mediante el cual tramita la CONTRATACION DE MANO DE OBRA MATERIALES Y EQUIPOS PARA LA OBRA DE BAJA Y MEDIA TENSION EN EL LOTEO “EL SOSIEGO” DE LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-
Considerando
Que, el día 30 del mes de Marzo del año 2021 ha sido suscripto contrato con el Sr. GARCIA LEANDRO ADRIAN, D.N.I. 30.139.498, por un valor total de PESOS CINCO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS ($ 5.862.632,00).-
Que, ha sido emitido el Certificado Nº 01 por un monto de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS CON SETENTA Y TRES CVOS ($857.142,73).-
Que el presente certificado se encuentra afianzado por la póliza de caución de: Garantía de Contrato Nº 000398 por un monto de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA Y UNO ($ 293.131,00), y debe realizarse el descuento del 5 % de GARANTIA DE SUSTITUCION DE FONDO DE REPARO – (OBRA PUBLICA), por un monto de PESOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON CATORCE CVOS ($ 42.857,14), y
Que, debe realizarse el descuento correspondiente al Anticipo financiero del 30% por un monto de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS CON SETENTA Y TRES ($ 257.142,73).-
Por todo ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a GARCIA LEANDRO ADRIAN, D.N.I. 30.139. por un valor PESOS SEISCIENTOS MIL ($600.000,00), en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º: Ha sido realizado el descuento correspondiente al Anticipo financiero del 30 % por un monto de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS CON SETENTA Y TRES ($ 257.142,73).-
ARTICULO 3º: REALICESE el descuento del 5 % de GARANTIA DE SUSTITUCION DE FONDO DE REPARO – (OBRA PUBLICA), por un monto de PESOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON CATORCE CVOS ( $ 42.857,14 ).-
ARTICULO 4º: Las erogaciones que se determinen del Artículo anterior, serán tomadas de la Jurisdicción: 5.000 – Partida 4.2.2.0, "CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO" - PROGRAMA 23, FUENTE FINANCIAMIENTO: 110, del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTICULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena Sr. ANDRES LUCIANO GARCIA.-
ARTICULO 6º: Comuníquese, a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda