Boletines/Magdalena
Decreto Nº 917
Magdalena, 19/07/2021
Visto
Nota elevada por el Director de Servicios Públicos, acerca del incumplimiento reiterado de las llegadas tardes del Agente LAPEIRE ALEJANDRO, Leg Nro: 1339
Considerando
Que en la misma se informa sobre la conducta del agente municipal Agente LAPEIRE ALEJANDRO, Leg Nro: 1339, quien en reiteradas oportunidades a llegado luego del horario de entrada al trabajo sin presentar justificación.
Que es intención del presente Depto. Ejecutivo que todo el personal cumpla con las normas laborales de asistencia.
Que, el no cumplimiento de las obligaciones de diligencia laboral de un agente municipal, se hace pasible al mencionado Agente a la sanción de Llamado de atención Y DESCUENTO DEL PRESENTISMO.
Que las mencionadas acciones están previstas en el Art 28 Inc a), el Art 83
y la sanción correctiva de Llamado de atención, de acuerdo a lo expresado en el Art 82 I. a) del Convenio Colectivo de Trabajo
P O R T O D O E L L O
El SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que les son propias.
D E C R E T A
ARTICULO 1º: SANCIONESE con una medida correctiva: LLAMADO DE ATENCION al agente municipal LAPEIRE ALEJANDRO, Leg Nro: 1339, en virtud de las causales expuestas en el exordio del presente.
ARTÍCULO 2º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR de los haberes correspondientes al mes de julio el presentismo, al Agente:
ARTICULO 3º: El presente será notificado al Agente por medio de la Oficina de Personal y Director responsable del Área de trabajo.
ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno.
ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno