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Ordenanza Nº3886/21

Ordenanza Nº 3886/21

Magdalena, 04/08/2021

V I S T O:

El art. 8 de la ordenanza 2711/09 y;

CO N S I D E R A N D O:

Que la Ordenanza mencionada recula el régimen de Reconocimientos de la Municipalidad de Magdalena a partir del año 2009

Que analizado el curriculum de Pedro Tidoni  podemos afirmar que es sumamente justo y meritorio otorgarle una distinción según el régimen de reconocimiento mencionado

Que Pedro Tidoni, músico, compositor e intérprete nacido en Magdalena, Provincia de Buenos Aires, en 1982, da cuenta de una gran autenticidad en la creación e interpretación de sus obras

Que Pedro comienza su carrera a los 16 años mostrando gran compromiso y dedicación

Que a partir del año 2005 se proyecta como solista en diversos escenarios del país

Que en el año 2011, saca su primer disco “Vida de Guitarrero”, que comienza a difundirse en emisoras de radio y televisión, llevando su canto a las diversas regiones de nuestra Argentina

Que la presentación de dicho disco se dio en vivo en el Teatro Español de Magdalena le brinda a Pedro el cálido reconocimiento de su pueblo.

Que en el año 2012 saca su segundo disco titulado "la tierra que aguanta" bajo la dirección musical de Mauricio Polero

Que en ese mismo año presenta el disco en el festival más grande del país, Cosquín

En el año 2015, presenta su tercer material titulado "Amanecer Sin Ti"

Que en el año 2018 lanza su cuarto trabajo discográfico llamado "MI SUEÑO " cuenta con 13 obras, de las cuales 8 son de la autoría de Pedro

Que en el año 2014 recibió el premio nacional "Arco de Córdoba" en la Provincia de Córdoba y el Premio Reina de Plata (Antena Vip) Ciudad de la Plata

Que en el año 2015 recibió el premio "Premio Capital de la Provincia " (Ciudad de la Plata)

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Otórguese la distinción de Personalidad destacada del Partido de Magdalena al Sr. PEDRO TIDONI.

ARTÍCULO 2°. Cúmplase con el protocolo de dicha distinción según los articulados de la ordenanza Nº 2711/09.-

ARTICULO 3º: Dese a conocer a todos los medios de comunicación radiales, escritos, televisivos y digitales del Partido de Magdalena.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, Regístrese, Archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 04 DE AGOSTO DE 2021.-

Registrado bajo el Nº 3886/21.-

Firmado:

Raúl H. Gómez - Secretario H.C.D.

Mariel A. Semino - Presidente H.C.D.