Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 1613/2021
Trenque Lauquen, 27/07/2021
1613-21 DECRETO REGLAMENTARIO ORDENANZA 5166-2021 - FONDO EMERGENCIA PRODUCTIVA - JULIO 2021
Visto y considerando
La Ordenanza Nº 5166/2021 promulgada por Decreto Nº 1531/2021, y dado que la misma debe ser reglamentada conforme lo prevé el Art. 8º de la normativa preindicada, se procede en consecuencia.-
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Sin reglamentar.-
ARTÍCULO 2º: Sin reglamentar.-
ARTÍCULO 3º: El plazo para la recepción de las solicitudes de crédito vencerá el día 20 de Agosto de 2021, el que podrá ser prorrogado a criterio del Departamento Ejecutivo si las circunstancias así lo ameritan.-
ARTÍCULO 4º: Una vez conformada la “Comisión de Seguimiento y Evolución de las Actividades”, la misma definirá día y horario de reunión para el análisis de las solicitudes de crédito. Estará integrada por un miembro representante de cada Cámara de Comercio y dos del Departamento Ejecutivo. En caso de ausencia de alguno de sus integrantes, la Comisión podrá reunirse y adoptar decisiones por mayoría simple. Por cada reunión se labrará un acta donde se dejará constancia de los temas tratados y quienes intervinieron.-
Será función principal de la Comisión, elevar un dictamen al Sr. Intendente Municipal donde se aconseje a quienes otorgar la asistencia crediticia y por qué monto.-
ARTÍCULO 5º: Sin reglamentar.-
ARTÍCULO 6º: Para los casos que los postulantes no posean habilitación comercial, por no resultar exigible la misma, el criterio de otorgamiento deberá ser restrictivo y debidamente fundado.-
ARTÍCULO 7º: Sin reglamentar.-
ARTÍCULO 8º: Sin reglamentar.-
ARTÍCULO 9º: Sin reglamentar.-
ARTÍCULO 10º: Comuníquese, notifíquese a quién corresponda, regístrese y cumplido archívese.-
Cdor. Alfredo Luis ZAMBIASIO
Secretario de Administración y Gestión Tributaria
Dr. Miguel Ángel FERNÁNDEZ
Intendente Municipal de Trenque Lauquen