Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1210
Magdalena, 24/09/2021
Visto
El Expediente Letra I Nº 668/21 por el cual el Sr. Intendente Municipal Gonzalo Peluso solicita se arbitren los medios necesarios para la realización de un Convenio con la Asociación Civil “UN TECHO PARA ARGENTINA” destinado a Familias de bajos recursos y situación de Emergencia y;
Considerando
Que la Municipalidad con la Intención de fomentar el desarrollo de los habitantes, y motivado por la puesta a disposición de TECHO ha tomado la decisión de generar un trabajo conjunto.
Que TECHO es una Organización que busca superar la situación de pobreza en la que viven miles de personas a través de la acción conjunta de sus pobladores y voluntarios, promoviendo el desarrollo comunitario.
Que la MUNICIPALIDAD Y TECHO acuerdan realizar un convenio de colaboración para la entrega de viviendas de Emergencia a familias de la Ciudad de Magdalena.
Que mediante Ordenanza 3895/21 el Honorable Consejo Deliberante autorizo la firma del Convenio de Colaboración entre el Municipio y “UN TECHO PARA LA ARGENTINA”
Por tal Motivo TECHO será la parte encargada de Proveer 10 viviendas de Emergencia con Kit Eléctrico y Kit Sanitario en el plazo de 90 días desde la Firma del presente convenio
Que a fs 41 obra el presupuesto correspondiente y descripciones para la adquisición de las Viviendas.
Que esta operatoria se encuadra en lo normado por el Artículo 156 Inc 11 del Decreto Ley N° 6769/58
Que existe saldo suficiente,
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Autorícese la contratación Directa para la adquisición de 10 Viviendas de Emergencia con Kit Eléctrico y Kit Sanitario a la Asociación Civil UN TECHO PARA ARGENTINA cuyo presupuesto obra a fs 41 del expediente Ut Supra mencionado en el marco del Convenio Firmado
ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción 7000, Programa 24 Partida 5.1.4.0 Ayudas Sociales a Personas Fuente de Financiamiento 110 correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-
ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Andrés García de la Municipalidad de Magdalena.-
ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda